¿El aguinaldo paga impuestos? Te decimos cómo calcularlo

CIUDAD DE MÉXICO, diciembre 5 (EL UNIVERSAL).- Aunque el aguinaldo es una prestación laboral anual y un derecho irrenunciable de los trabajadores que no distingue rama ni nivel jerárquico, esto no lo exime del pago de impuestos, específicamente del ISR. A continuación te contamos todo lo que debes de saber sobre el aguinaldo y cómo calcular si te corresponde pagar impuestos por esta gratificación anual.

¿Qué es el aguinaldo? De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), todos los trabajadores, sin excepción, tienen derecho a esta prestación. Además, los trabajadores no necesitan haber trabajado el año completo ni estar laborando en la fecha de su pago pues tienen derecho a que se les pague la parte proporcional del aguinaldo, de acuerdo al tiempo que laboraron en el año. Esta prestación se encuentra establecida tanto en la Ley Federal del Trabajo como en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en México.

¿Cuándo se paga el aguinaldo? El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que "los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos". "Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste", añade.

Mientras que el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en México establece que "los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que estará comprendido en el Presupuesto de Egresos, el cual deberá pagarse en un 50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero, y que será equivalente a 40 días del salario, cuando menos, sin deducción alguna".

"El Ejecutivo Federal dictará las normas conducentes para fijar las proporciones y el procedimiento para los pagos en caso de que el trabajador hubiere prestado sus servicios menos de un año", agrega. Ya que el aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores, que se considera de manera independiente al resto de las prestaciones, el empleador no podrá argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe. ¿Cómo se calcula el aguinaldo? La Profedet explica que "Para calcular el monto del aguinaldo...

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