Modificaciones al capítulo 17. Programa de Acuacultura y Pesca contenido en las Reglas de Operación de la Alianza para el Campo para la Reconversión Productiva; Integración de Cadenas Agroalimentarias y de Pesca; Atención a Factores Críticos y Atención a Grupos y Regiones Prioritarios, publicadas el 25 de julio de 2003 y sus modificaciones del ...

Fecha de disposición05 Agosto 2004
Fecha de publicación05 Agosto 2004
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

MODIFICACIONES al capítulo 17. Programa de Acuacultura y Pesca contenido en las Reglas de Operación de la Alianza para el Campo para la Reconversión Productiva; Integración de Cadenas Agroalimentarias y de Pesca; Atención a Factores Críticos y Atención a Grupos y Regiones Prioritarios, publicadas el 25 de julio de 2003 y sus modificaciones del 22 de marzo de 2004.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

JAVIER BERNARDO USABIAGA ARROYO, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 16, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9o. de la Ley de Planeación; 7, 8, 9, 23, 27, 28, 32, 41, 49, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 124, 134, 135, 140, 143, 164, 165, 179, 188, 190 y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 52, 53, 54, 55, 56 fracciones I y II, 61, 62, 64-BIS C, décimo párrafo y octavo transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, y 6o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, he tenido a bien expedir las siguientes:

MODIFICACIONES AL CAPITULO 17. PROGRAMA DE ACUACULTURA Y PESCA CONTENIDO EN LAS REGLAS DE OPERACION DE LA ALIANZA PARA EL CAMPO PARA LA RECONVERSION PRODUCTIVA; INTEGRACION DE CADENAS AGROALIMENTARIAS Y DE PESCA; ATENCION A FACTORES CRITICOS Y ATENCION A GRUPOS Y REGIONES PRIORITARIOS, PUBLICADAS EL 25 DE JULIO DE 2003 Y SUS MODIFICACIONES DEL 22 DE MARZO DE 2004

PRIMERO.- Se modifica el artículo 105. Características de los Apoyos, en los términos siguientes:

Artículo 105 Características de los Apoyos:

  1. Tipos de Apoyos:

    1. Proyectos Productivos de Acuacultura, Maricultura y Pesca. Se establecen en lo general los siguientes conceptos de inversión:

      1. Equipamiento.- Estos apoyos se canalizarán para la adquisición de bienes de capital, destinados a la producción, reproducción, procesamiento, conservación, transformación y comercialización de productos pesqueros y acuícolas que requieran y justifiquen los proyectos productivos de inversión. No se apoya la compra de tierras y vehículos; así como tampoco artes de pesca, excepto las que se consideren en el inciso e de esta fracción, ni motores, ni embarcaciones.

      2. Capacitación.- Se apoyarán las necesidades específicas de los proyectos productivos en materia de capacitación técnica, administrativa, contable y desarrollo empresarial; así como a la organización para la producción, transformación, procesamiento y comercialización.

      3. Consultoría.- Se proporcionarán apoyos para servicios de consultoría de estudios de mercado, incorporación de valor agregado, modernización de plantas o mercados, mejoramiento genético, sanidad e inocuidad acuícola y pesquera, logística comercial, diseño de envases, empaques y embalajes, así como transferencia de tecnología; además se podrá apoyar la formación, actualización y certificación de prestadores de servicios profesionales en acuacultura y pesca, así como el acompañamiento o seguimiento de los proyectos productivos hasta su consolidación.

      4. Investigación, transferencia e Innovación Tecnológica.- Se impulsarán los proyectos de investigación, innovación y transferencia tecnológica con impacto estatal o regional, para la tecnificación y modernización sustentable de las unidades productivas de la actividad, a efecto de incrementar su eficiencia productiva, reducir posibles impactos negativos sobre el medio ambiente e incrementar su rentabilidad económica.

    2. Proyectos Productivos de Infraestructura para el Desarrollo.

      1. Infraestructura Comercial.- Se orientan a la construcción, ampliación, mantenimiento, equipamiento y rehabilitación de obras enfocadas a la conservación, prevención y control de medidas de inocuidad, sanidad e infraestructura comercial y de producción acuícola, y para maniobras de embarcaciones pesqueras menores.

      2. Infraestructura Básica de Uso Común.- Se orientan a la construcción, ampliación, mantenimiento y rehabilitación de obras que beneficien la operación hidráulica tales como: canales de llamada, canales de intercomunicación lagunar, obras de toma y de descarga de agua, escolleras, borderías, dragados y/o desazolves de canales y bocabarras, y arrecifes artificiales. Proyectos productivos que la CONAPESCA concertará con prioridad con los gobiernos de las entidades federativas a través de anexos técnicos, conforme a lo establecido en la fracción II del Artículo 18 de estas Reglas de Operación, en el marco de los convenios de coordinación establecidos por la SAGARPA con los gobiernos estatales.

      3. Muelles y Atracaderos Integrales.- Se apoyan las inversiones para la construcción y equipamiento de infraestructura de apoyo a las maniobras de captura, conservación, servicios y tratamiento sanitario de los productos pesqueros para incrementar su valor agregado.

    3. Proyecto Productivo del Fondo de Reconversión Pesquera del Golfo de México.

      Se apoyará el Proyecto Productivo del Fondo de Reconversión Pesquera del Golfo de México (Proyecto del Fondo), que presenten las organizaciones de productores del sector con representación nacional, y que tiene como objetivos principales: a) impulsar el desarrollo del sector y el mejoramiento de las condiciones de producción y productividad de la pesca, acuacultura y maricultura en la zona del Golfo de México, que contribuyan a mejorar las condiciones...

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