Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 1-48-20 hectárea de agostadero de uso común, de terrenos del ejido Villa de Zaragoza, Municipio de Zaragoza, S.L.P. (Reg.- 254

EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 1-48-20 hectárea de agostadero de uso común, de terrenos del ejido Villa de Zaragoza, Municipio de Zaragoza, S.L.P. (Reg.- 254)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción VII, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número CAJ/SA/346/00 de fecha 24 de agosto del 2000, la Comisión Federal de Electricidad solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 1-48-19.42 Ha., de terrenos del ejido denominado VILLA DE ZARAGOZA , Municipio de Zaragoza del Estado de San Luis Potosí, para destinarlos a la instalación de tres equipos de radiocomunicación denominados repetidor de caballos VHF-operación, repetidor de caballos VHF-distribución y repetidor VHF-San Nicolás, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción VII y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 1-48-20 Ha., de agostadero de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que la superficie que se expropia se encuentra ocupada por la Comisión Federal de Electricidad, en virtud de la anuencia otorgada mediante Acta de Asamblea de Ejidatarios de fecha 8 de febrero de 1998, por el núcleo agrario VILLA DE ZARAGOZA , Municipio de Zaragoza, Estado de San Luis Potosí.

RESULTANDO TERCERO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 26 de abril de 1921, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de mayo de 1921 y ejecutada el 13 de julio de 1923, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido VILLA DE ZARAGOZA , Municipio de Zaragoza, Estado de San Luis Potosí, una superficie de...

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