Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 18-11-77 hectáreas de agostadero de uso común y de temporal de uso individual, de terrenos del ejido Jesús María, Municipio de El Marqués, Qro. (Reg.- 359

EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 18-11-77 hectáreas de agostadero de uso común y de temporal de uso individual, de terrenos del ejido Jesús María, Municipio de El Marqués, Qro. (Reg.- 359)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracciones II y VI, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número SISCA/058/01 de fecha 10 de agosto del 2001, la empresa Sistemas Integrales de Servicios de Control Ambiental, S.A. de C.V., solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 17-93-38.5 Has., de terrenos del ejido denominado JESÚS MARÍA , Municipio de El Marqués del Estado de Querétaro, para destinarlos a construir la infraestructura necesaria para instalar el sistema de tratamiento térmico de residuos industriales y consistente en la construcción del acceso carretero con sus áreas para maniobras así como una plataforma en donde será erigida una nave industrial en la que serán alojadas las instalaciones del laboratorio, proceso y servicios al personal, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracciones II y VI y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 12795. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 18-11-77 Has., de las que 11-12-77 Has., son de agostadero de uso común y 6-99-00 Has., de temporal de uso individual, resultando afectada la C. Trinidad Velázquez Luna en su parcela número 87.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que la superficie que se expropia se encuentra ocupada con las instalaciones de la empresa Sistemas Integrales de Servicios de Control Ambiental, S.A. de C.V., en virtud de la anuencia otorgada mediante convenio de fecha 29 de marzo de 1999, suscrito con el núcleo agrario JESÚS MARÍA , Municipio de El Marqués, Estado de Querétaro, con la intervención de la Procuraduría Agraria.

RESULTANDO TERCERO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando primero y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 17 de marzo de 1937, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 1937, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido JESÚS MARÍA , Municipio de El Marqués, Estado de Querétaro, una superficie de 216-40-00 Has., para beneficiar a...

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