Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 15-19-15.28 hectáreas de agostadero de uso común, de terrenos del ejido Acanceh, municipio del mismo nombre, Yuc. (Reg.- 1162

EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 15-19-15.28 hectáreas de agostadero de uso común, de terrenos del ejido Acanceh, municipio del mismo nombre, Yuc. (Reg.- 1162)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción VII, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio sin número de fecha 18 de diciembre de 1997, el Gobierno del Estado de Yucatán solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 16-11-87.96 Has., de terrenos del ejido denominado ACANCEH , Municipio de Acanceh del Estado de Yucatán, para destinarlos a la construcción del libramiento Acanceh de la carretera Mérida-Oxkutzcab, tramo Kanasín-Acanceh-Mayapán, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción VII y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 15-19-15.28 Has., de agostadero de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 23 de abril de 1925, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 1925 y ejecutada el 11 de abril de 1931, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido ACANCEH , Municipio de Acanceh, Estado de Yucatán, una superficie 6,382-12-12 Has., para beneficiar a 501 capacitados en materia agraria; por Resolución Presidencial de fecha 23 de septiembre de 1937, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de septiembre de 1939, se concedió por concepto de ampliación de ejido al núcleo ejidal ACANCEH , Municipio de Acanceh, Estado de Yucatán, una superficie de 4,613-11-26 Has., para beneficiar a 663 capacitados en materia agraria, más 7...

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