Extracto de la resolución mediante la cual se cancela la patente de agente aduanal 1440 y autorización 3713, otorgadas a favor del C. Juan Guillermo Amador Magaña

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EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administrador Central de Regulación Aduanera.- Expediente 7/165/AGA/3713/JGAM/2005.- 800-02-02-00-00-2011-5267. EXTRACTO DE LA RESOLUCION MEDIANTE LA CUAL SE CANCELA LA PATENTE DE AGENTE ADUANAL 1440 Y AUTORIZACION 3713, OTORGADAS A FAVOR DEL C. JUAN GUILLERMO AMADOR MAGAÑA.

Con fundamento en lo dispuesto por los articulos 189 deI Reglamento de la Ley Aduanera y de conformidad con lo establecido en el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado el 22 de octubre de 2007, en el Diario Oficial de la Federación, reformado mediante Decreto de 29 de abril de 2010, publicado en el mismo órgano oficial, el Administrador General de Aduanas y el Administrador Central de Regulación Aduanera, son las autoridades competentes para iniciar, tramitar y resolver procedimientos de Cancelación de Patente de Agente Aduanal, en términos de lo dispuesto por los artículos 2 apartado B, fracción I, inciso b), 8 párrafo cuarto, 9 penúltimo párrafo, 10 fracción I y último párrafo, 11 fracción IV y párrafos siguientes a la fracción LXXXVII, numeral 2, inciso b) y 12 apartado B, del Reglamento citado con antelación, por lo que procede realizar un extracto de la resolución contenida en el oficio 326-SAT-18245 de 27 de febrero de 2006, dictada en el expediente 7/165/AGA/3713/JGAM/2005, a través del cual se cancela la patente de agente aduanal 1440, adscrita a la aduana de Manzanillo y autorización para actuar en aduanas distintas a la de su adscripción número 3713, otorgada a favor del C. Juan Guillermo Amador Magaña, misma que quedó firme, en virtud de que con fecha 28 de abril de 2010, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desecho el Amparo Directo en Revisión 558/2010, interpuesto en contra de la sentencia emitida por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, dentro del Amparo Directo D.A. 456/2009, en el cual se resolvió no ampararle ni protegerle en contra de la sentencia de 3 de febrero de 2009, pronunciada por la Sexta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa...

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