Modificaciones a las Reglas de Operación del Programa del Fondo para Atender a la Población Afectada por Contingencias Climatológicas (FAPRACC), publicadas el 27 de mayo de 2003 y de sus modificaciones y adiciones del 23 de abril de 2004 y del 30 de marzo de 2005, respectivamente

Fecha de disposición22 Febrero 2006
Fecha de publicación22 Febrero 2006
MateriaDerecho Fiscal
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

MODIFICACIONES a las Reglas de Operación del Programa del Fondo para Atender a la Población Afectada por Contingencias Climatológicas (FAPRACC), publicadas el 27 de mayo de 2003 y de sus modificaciones y adiciones del 23 de abril de 2004 y del 30 de marzo de 2005, respectivamente.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

FRANCISCO JAVIER MAYORGA CASTAÑEDA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 16, 26 y 35 de la Ley de Orgánica de la Administración Pública Federal, 9o., 21, 33, 34 y 36 de la Ley de Planeación; 7, 8, 32 numerales IX y X, 60, 61, 65, 89 y 124 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 2 fracción XXXIX y XLIII, 51, 52, 53, 54, 55, 62 y 63 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2006; 6o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y

CONSIDERANDO

Que ante la ocurrencia de fuertes sequías en diversas entidades del país es necesario ampliar la cobertura del Programa de manera eficiente hacia aquellos municipios severamente afectados por el fenómeno, considerando puntualmente las localidades incluidas en la cobertura del Programa Integral de Agricultura Sostenible y Reconversión Productiva.

Que existe el compromiso de dar una gestión ágil para atender con prontitud a los productores afectados por contingencias climatológicas, es necesario ampliar las facultades de los miembros del Comité para dictaminar en tiempo a las solicitudes presentadas por los gobiernos estatales.

Que a consecuencia de la ocurrencia de fenómenos climatológicos de magnitudes extremas como los ciclones en sus diversas manifestaciones, se reitera que es indispensable proporcionar el apoyo federal a la población afectada de manera inmediata, por lo que la operación del programa considerando la posibilidad de anticipar recursos en el muy corto plazo brinda la posibilidad de eficientar la gestión actual del programa, he tenido a bien expedir las siguientes:

MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DEL FONDO PARA ATENDER A LA POBLACION AFECTADA POR CONTINGENCIAS CLIMATOLOGICAS (FAPRACC), PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 27 DE MAYO DE 2003 Y DE SUS MODIFICACIONES Y ADICIONES DEL 23 DE...

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