Advierten riesgos de cambios al ISR

AutorAlicia Díaz

Las reformas fiscales que entraron en vigor el pasado 1 de enero obligan a las empresas a ajustar sus sistemas contables y declaraciones anuales para evitar errores que pudieran provocarles multas, recargos y mayores pagos de impuestos.

Francisco Javier Saucedo, especialista fiscal, señaló que las compañías tendrán que actualizar las tarifas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para calcular y retener las contribuciones de sus trabajadores.

Recordó que lo dispuesto en la reforma que entró en vigor en el 2002, estableció que las tasas de impuestos se actualizarían cuando la inflación acumulara un 10 por ciento, desde entonces.

Recomendó a las empresas calcular las nuevas tarifas actualizadas para pagar menos impuestos de sus trabajadores.

"Las tarifas de impuesto que se habían estado aplicando hasta diciembre (del 2004) se quedaron estancadas en su actualización a mayo del 2002.

"La inflación del 10 por ciento se alcanzó en el 2004, y a partir del 2005 debe haber una tabla ajustada con inflación", manifestó Saucedo.

El también síndico del contribuyente indicó que quienes por no tener un ISR a cargo pagan el Impuesto al Activo (Impac), deberán recalcular sus contribuciones provisionales.

Dijo que a partir de este 2005 se permite deducir, para efectos del Impac, los pasivos con bancos o proveedores extranjeros, lo que a su vez posibilita reducir la base del gravamen.

Señaló que debido a que los pagos provisionales se estiman en base a los resultados fiscales del 2004, las empresas deberán solicitar una reducción de los mismos al Servicio de Administración Tributaria.

Esto deben hacerlo, estableció, porque la reforma no prevé cómo las empresas podrán reducir sus contribuciones provisionales en el 2005.

"La Ley nada más prevé que las empresas hagan una reducción en sus pagos provisionales durante el segundo semestre", dijo.

"Las empresas tendrán que hacer su solicitud, esperar a que les contesten, y si es en sentido negativo, tendrán que irse a un juicio de nulidad en el que deberán demostrar que sus pagos van a ser...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR