Reforma al Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México

EmisorBanco de México

REFORMA al Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México.

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.

REFORMA AL ACUERDO DE ADSCRIPCION DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL BANCO DE MEXICO

De conformidad con lo previsto en los artículos 38 y 47 fracción I de la Ley del Banco de México, así como 4o. y 8o. de su Reglamento Interior, se publica la presente reforma al Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, para quedar en los términos siguientes:

ARTICULO UNICO

Se reforma el artículo Unico del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, para quedar en los términos siguientes:

ARTICULO UNICO

Se encuentran subordinadas a las Direcciones Generales, a las Direcciones y al Contralor, previstos en el Reglamento Interior del Banco de México, las siguientes unidades administrativas:

  1. a IX. . . .

  2. DIRECCION DE SISTEMAS

    GERENCIA DE INFORMATICA

    SUBGERENCIA DE SISTEMAS DE RECURSOS INSTITUCIONALES

    SUBGERENCIA DE DESARROLLO DE SISTEMAS

    SUBGERENCIA DE PLANEACION Y REGULACION

    GERENCIA DE TELECOMUNICACIONES

    SUBGERENCIA DE TELECOMUNICACIONES

    SUBGERENCIA DE DESARROLLO TECNOLOGICO DE SEGURIDAD

    GERENCIA DE COMPUTO

    SUBGERENCIA DE COMPUTO

    SUBGERENCIA DE SERVICIOS DE INFORMATICA

    SUBGERENCIA DE CENTRO DE SOPORTE INSTITUCIONAL

  3. . . .

TRANSITORIO

UNICO. La presente reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, D.F., a 30 de junio de 2003.

Gobernador del Banco de México

Guillermo Ortiz

Rúbrica.

(R.- 181016)

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