Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores publicado el 8 de enero de 2009

Fecha de disposición27 Enero 2009
Fecha de publicación27 Enero 2009
EmisorSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores. PATRICIA ESPINOSA CANTELLANO, Secretaria de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12, 16, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1, 5, 7, fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores y demás disposiciones aplicables, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que los titulares de las Secretarías de Estado podrán adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el Reglamento Interior respectivo, en cuyo caso deberá publicarse el acuerdo correspondiente en el Diario Oficial de la Federación;

Que el 8 de enero de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y que en dicho ordenamiento, se establecen las facultades de las distintas unidades administrativas de la Secretaría, que de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal tienen encomendadas;

Que el artículo 7, fracción XIX del citado Reglamento Interior dispone que corresponde al titular de la Secretaría, aprobar la organización y funcionamiento de la Secretaría y adscribir orgánicamente las unidades administrativas de la dependencia e informar al Presidente de la República sobre las medidas que adopte al respecto;

Que con el objeto de que la Secretaría cuente con una adscripción actualizada y congruente con la agenda internacional, he tenido a bien dictar el siguiente:

ACUERDO

ARTICULO UNICO

Se adscriben orgánicamente las unidades administrativas a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en los siguientes términos:

  1. Al titular de la Secretaría:

    1. La Unidad de Relaciones Económicas y Cooperación Internacional;

    2. La Consultoría Jurídica;

    3. La Dirección General de Protocolo;

    4. La Dirección General de Coordinación Política, y

    5. La Dirección General de Comunicación Social.

  2. A la Subsecretaría de Relaciones Exteriores:

    1. La Dirección General para Africa y Medio Oriente;

    2. La Dirección General para Asia-Pacífico;

    3. La Dirección General para Europa, y

    4. El Instituto Matías Romero.

  3. A la Subsecretaría para América del Norte:

    1. La Dirección General para América del Norte;

    2. La Dirección General de Protección...

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