Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores
Fecha de disposición | 01 Noviembre 2002 |
Fecha de publicación | 01 Noviembre 2002 |
Emisor | SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.
JORGE CASTAÑEDA GUTMAN, Secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12, 16, 17, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1, 5, 7 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores y demás disposiciones aplicables, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que los titulares de las Secretarías de Estado podrán adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el Reglamento Interior respectivo, en cuyo caso deberá publicarse el acuerdo correspondiente en el Diario Oficial de la Federación.
Que el Ejecutivo Federal con fecha 8 de agosto de 2001, expidió el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 del mismo mes y año, el cual fue reformado por los Decretos Presidenciales del 9 de octubre de 2001, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 del mismo mes, y del 29 de julio de 2002, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 del mismo mes y que en dicho ordenamiento, se establecen las facultades de las distintas unidades administrativas de la Secretaría, que de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal le tiene encomendadas.
Que el artículo 7 fracción XVII del citado Reglamento Interior dispone que corresponde al titular de la Secretaría, aprobar la organización y funcionamiento de la Secretaría y adscribir orgánicamente las unidades administrativas de la dependencia e informar al Presidente de la República sobre las medidas que adopte al respecto.
Que en tal virtud y con fundamento en los artículos 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal así como el artículo 7 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, he tenido a bien dictar el siguiente:
ACUERDO
Se adscriben orgánicamente las unidades administrativas a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en los siguientes términos:
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Al titular de la Secretaría:
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La...
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