Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario
Fecha de disposición | 21 Junio 2011 |
Fecha de publicación | 21 Junio 2011 |
Materia | Derecho Mercantil y de la Empresa |
Emisor | INSTITUTO PARA LA PROTECCION AL AHORRO BANCARIO |
Sección | TERCERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. JOSE LUIS OCHOA BAUTISTA, Secretario Ejecutivo del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, con fundamento en los artículos 84, fracciones I y II, de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, 59, fracción I, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, así como 1 y 8, segundo párrafo, del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, y
CONSIDERANDO
Que el 13 de mayo de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, en el que se establece una nueva estructura orgánica en el Instituto;
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 8 del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, las Direcciones Generales y Direcciones Generales Adjuntas estarán integradas además de por sus titulares, por las direcciones, subdirecciones, jefaturas de departamento y por el personal que se requiera para el mejor desempeño de sus atribuciones, indicando que para tal efecto, el Secretario Ejecutivo del Instituto expedirá el Acuerdo de Adscripción de las unidades administrativas correspondientes, el cual será publicado en el Diario Oficial de la Federación, en virtud de lo cual, he resuelto expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ADSCRIBEN ORGANICAMENTE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL INSTITUTO PARA LA PROTECCION AL AHORRO BANCARIO
Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, se adscriben orgánicamente a las unidades administrativas las áreas que se indican, para quedar como sigue:
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Secretaría Adjunta de Protección al Ahorro Bancario
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Dirección General de Resoluciones Bancarias y Visitas
i. Dirección General Adjunta de Resoluciones Bancarias
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Dirección de Estudios Técnicos
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Dirección de Operaciones para la Liquidación y Saneamientos
ii. Dirección General Adjunta de Visitas de Inspección
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Dirección de Implementación de Visitas
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Dirección de Obligaciones Garantizadas
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Dirección General de Seguimiento de Instituciones y Análisis
i. Dirección General Adjunta de Seguimiento de Instituciones
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Dirección de Estudios sobre Instituciones
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