Admite OEA revisar ley de coahuilenses

AutorEugenio Herrera

WASHINGTON / Estados Unidos

El pleno de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA) admitió una demanda presentada por el Grupo Reforma para revisar los requisitos para la realización y difusión de encuestas electorales contenidos en la Ley Electoral de Coahuila.

El pasado 28 de octubre, la CIDH determinó que hay fundamentos suficientes para iniciar el procedimiento formal contra el Gobierno de México, por lo que en los siguientes días será emplazado a comparecer.

De resolverse en términos favorables para los denunciantes, la OEA podrá declarar que tanto la Ley Electoral coahuilense, como los criterios judiciales emitidos respecto a ella, son violatorios del Pacto de San José.

Este será el primer precedente que emita este organismo internacional sobre la difusión de encuestas en época electoral.

El criterio de la OEA debe de ser observado por los países miembros, de acuerdo con los compromisos establecidos por todas las naciones signatarias del pacto firmado en 1969 en San José de Costa Rica. Sin embargo, la OEA no puede forzar la obligatoriedad de la aplicación de sus criterios.

Las regulaciones para la difusión de encuestas electorales en Coahuila se remontan a la ley aprobada en el estado en noviembre de 2001.

En su artículo 192, se prohíbe realizar o difundir encuestas de preferencias electorales durante el día de una elección, sin la previa autorización del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del estado.

Para poder realizar encuestas y difundir sus resultados, la legislación requiere el depósito de una fianza equivalente a 28 mil salarios mínimos, más de un millón de pesos.

El diciembre de 2001, el Partido Acción Nacional promovió una acción de inconstitucionalidad, alegando que dicha disposición era violatoria de la garantía de libertad de expresión...

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