Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal - REF:737

Fecha de disposición15 Marzo 2006
Fecha de publicación15 Marzo 2006
SecciónSEPTIMA. Convocatorias para Concursos de Plazas Vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal

El Comité Técnico de Selección de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal con fundamento en los artículos 21, 23, 25, 26, 28, 37, 69, 75 fracción III y 80 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 23, 25, 29 párrafo segundo, 30, 32, 35, 38, 101 y 105 de su Reglamento y, numerales primero, noveno y décimo del Acuerdo que tiene por objeto establecer los lineamientos que deberán observar las dependencias de la Administración Pública Federal Centralizada y sus órganos desconcentrados en la operación del Subsistema de Ingreso; así como en la elaboración y aplicación de mecanismos y herramientas de evaluación para los procesos de selección publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 4 de junio de 2004, emite la siguiente:

Convocatoria 01/2006 pública y abierta del concurso para ocupar las siguientes plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:

Nombre de la plaza Director General de Operación de Servicios Educativos
Número de vacantes Una Nivel administrativo: CFKB001 Director General
Percepción ordinaria $135,902.97 mensual bruta Sede: México, D.F.
Adscripción Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal
Funciones principales 1.- Organizar, operar, desarrollar, supervisar y evaluar los servicios de Educación Inicial, Básica -en todas sus modalidades, incluyendo la indígena- y especial, en el ámbito del Distrito Federal, excepto en la Delegación Iztapalapa, de conformidad con las disposiciones legales, normas pedagógicas, métodos educativos y materiales didácticos, así como en los lineamientos técnicos y administrativos establecidos; 2.- Apoyar a las áreas competentes de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal en la realización de estudios que tengan por objeto medir los resultados obtenidos en la aplicación de normas, planes y programas de estudio; materiales didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje, así como también, la realización de programas de evaluación de la calidad con que se prestan los servicios educativos en el ámbito de su competencia; 3.- Promover y apoyar la participación del personal docente y directivo, así como también de los padres de familia en los planteles de educación inicial, básica -en todas sus modalidades, incluyendo la indígena- y especial, a fin de propiciar la participación social en los servicios educativos de su competencia; 4.- Aplicar las normas establecidas por las áreas competentes de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, para la organización y control escolar en los planteles de su responsabilidad, donde se imparta educación inicial, básica -en todas sus modalidades, incluyendo la indígena- y especial, así como verificar su cumplimiento en términos de la Ley General de Educación; 5.- Operar el programa para la prevención de emergencia escolar, de conformidad con las normas y lineamientos establecidos, así como desarrollar campañas de difusión orientadas para el cumplimiento de estos propósitos en las escuelas públicas y privadas de educación inicial, básica -en todas sus modalidades, incluyendo la indígena- y especial, en el ámbito de su competencia; 6.- Aplicar mecanismos de supervisión para verificar el cumplimiento de la normatividad sobre emergencia escolar y actualizar permanentemente los sistemas de seguimiento e información en las escuelas a su cargo; 7.- Estudiar y resolver las solicitudes para otorgar autorización o reconocimiento de validez oficial, según corresponda, para impartir educación inicial, básica -en todas sus modalidades, incluyendo la indígena- y especial, en el ámbito de su competencia; 8.- Vigilar, en términos de la Ley General de Educación y de las demás disposiciones aplicables, que las instituciones registradas o incorporadas por la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal que imparten la educación inicial, básica -en todas sus modalidades, incluyendo la indígena- y especial, en el ámbito de su competencia, cumplan con las disposiciones legales aplicables y, en su caso, substanciar los procedimientos e imponer las sanciones que correspondan; 9.- Substanciar los procedimientos y emitir las resoluciones que revoquen o retiren autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios para los planteles particulares de educación inicial, básica -en todas sus modalidades, incluyendo la indígena- y especial en el Distrito Federal, excepto en la Delegación Iztapalapa, en coordinación con el área de asuntos jurídicos; 10.- Coordinar con la Dirección General de Innovación y Fortalecimiento Académico la aplicación de programas y acciones para el mejoramiento de la calidad de la educación inicial y básica en el ámbito de su competencia; 11.- Participar con las áreas competentes de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal en la ejecución de los procesos de planeación, programación y evaluación educativas; de administración y control escolar, así como de administración de recursos humanos, financieros y materiales; 12.- Colaborar con la Dirección General de Planeación, Programación y Evaluación Educativa en el funcionamiento del sistema de información de los servicios de educación inicial, básica -en todas sus modalidades, incluyendo la indígena- y especial, del ámbito de su competencia; 13.- Organizar la impartición de cursos escolarizados y no escolarizados de actualización; de inducción a puestos docentes; la realización de actividades culturales para este tipo de funciones, así como la operación de los centros de maestros; 14.- Proporcionar servicios a la población a través de la red de bibliotecas públicas de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, ubicadas en el ámbito geográfico de su competencia; 15.- Dirigir las actividades de actualización magisterial y superación docente, así como la aplicación del programa de carrera magisterial en la Dirección General, de conformidad con las normas establecidas; 16.- Expedir copias certificadas de los documentos que obren en su poder, previo pago de los derechos correspondientes; 17.- Participar en las comisiones, consejos y comités institucionales en el ámbito de su competencia.
Perfil y requisitos Académicos: Licenciatura en Educación, Economía, Administración, Ciencias Políticas y Administración Pública, Humanidades Titulado Diplomado y/o especialidad (después de la carrera profesional terminada) afín a las funciones del puesto.
Laborales: Mínimo ocho años de experiencia en Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos, Economía Sectorial, Teoría y Métodos Educativos, Organización y Planificación de la Educación, Ciencias Políticas.

Capacidades gerenciales: 1.- Visión estratégica 2.- Liderazgo
Capacidades técnicas: 1.- Administración educativa 2.- Evaluación educativa
Idiomas extranjeros: No requerido
Otros: Microsoft Office (Word, Excel, PowerPoint), Internet. Nivel básico Disponibilidad para viajar
Nombre de la plaza Director General de Educación Normal y Actualización del Magisterio
Número de vacantes Una Nivel administrativo: CFKB001 Director General
Percepción ordinaria $135,902.97 mensual bruta Sede: México, D.F.
Adscripción Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal
Funciones principales 1.- Organizar, operar, supervisar y evaluar los servicios de educación normal a cargo de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal; 2.- Diseñar, organizar, coordinar, operar, supervisar y evaluar los cursos de capacitación, actualización y superación permanente para docentes y directivos de educación inicial, básica -en todas sus modalidades, incluyendo la indígena- especial, normal y actualización del magisterio; 3.- Recopilar con la participación de las áreas competentes de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, información y material de análisis sobre los resultados alcanzados en la aplicación de normas, planes y programas de estudio, métodos y contenidos educativos, materiales y auxiliares didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje en materia de educación normal; 4.- Coordinar sus actividades con autoridades educativas e instituciones formadoras de maestros en el Distrito Federal para la integración y funcionamiento del Sistema de Formación, Actualización, Capacitación y Superación Profesional para Maestros, en términos de la Ley General de Educación; 5.- Vincular acciones con las áreas competentes de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal para que las actividades de formación, capacitación y desarrollo profesional de los docentes respondan a los requerimientos de los servicios educativos a cargo del órgano desconcentrado; 6.- Participar con las instancias competentes en investigaciones para el desarrollo de la educación normal y actualización del magisterio; 7.- Analizar y resolver las solicitudes para otorgar en el Distrito Federal, la autorización previa para impartir estudios de educación normal, de acuerdo a las políticas y lineamientos establecidos; 8.- Inspeccionar en términos de la Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables, que las instituciones incorporadas en el Distrito Federal que imparten educación normal, cumplan con las disposiciones legales aplicables y, en su caso, substanciar los procedimientos e imponer las sanciones que correspondan, en el ámbito de su competencia; 9.- Otorgar revalidaciones y equivalencias de estudios para la educación normal, de conformidad con los lineamientos y criterios generales
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