Circular CONSAR 14-12, Modificaciones y adiciones a las reglas generales que establecen el régimen de comisiones al que deberán sujetarse las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR

EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

CIRCULAR CONSAR 14-12, Modificaciones y adiciones a las reglas generales que establecen el régimen de comisiones al que deberán sujetarse las empresas operadoras de la Base de Datos Nacional SAR.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

CIRCULAR CONSAR 14-12

MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN EL REGIMEN DE COMISIONES AL QUE DEBERAN SUJETARSE LAS EMPRESAS OPERADORAS DE LA BASE DE DATOS NACIONAL SAR.

La Junta de Gobierno de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, en su Sexagésima Primera Sesión Ordinaria celebrada el día 28 de agosto del año 2006, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 5o. fracción II, 8o. fracción V, 9o., 58 y 59 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; 55 y 56 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y

CONSIDERANDO

Que la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, a través de las reglas generales en materia de traspaso de cuentas individuales de una Administradora de Fondos para el Retiro a otra, ha establecido una metodología que permite clasificar a dichas Administradoras de Fondos para el Retiro, atendiendo a los procedimientos internos, las medidas de verificación y control, así como a los mecanismos de corrección con los que cuenten, a fin de incentivar a dichas entidades financieras para que adopten e instrumenten mejores prácticas en el proceso de traspaso de cuentas individuales de los trabajadores;

Que con dicha metodología se pretende que, las Administradoras de Fondos para el Retiro que tengan mejores prácticas, se beneficien de la desregulación de algunos aspectos del proceso de traspaso y consecuentemente, de la reducción de sus costos de operación, por lo que es indispensable establecer las comisiones que se deberán pagar a las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR por el proceso de traspaso de cuentas individuales que se realice a través de agente promotor atendiendo a la calificación del grado de control que cada Administradora obtenga;

Que, asimismo, se ha establecido una mesa de control que tiene por objeto que, las Administradoras de Fondos para el Retiro puedan someter las controversias que se susciten con motivo del traspaso de cuentas individuales, a fin de que las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR resuelvan sobre cada...

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