SE ADICIONA UN P�RRAFO AL ART�CULO 207 DEL C�DIGO PENAL PARA EL ESTADO DE NAYARIT.
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo.- Nayarit.
LIC. NEY GONZÁLEZ SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y
Soberano de Nayarit, a los habitantes del mismo, sabed:
Que el H. Congreso Local, se ha servido dirigirme para su promulgación, el siguiente:
DECRETO
El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, representado por su XXIX Legislatura, decreta:
Adicionar un párrafo al artículo 207 del Código Penal para el Estado de Nayarit
Nayarit, para quedar en los siguientes términos:
La misma sanción se aplicará a quien por cualquier medio genere, difunda o propague información o datos falsos que produzcan alarma, temor o miedo en la población o en un grupo o sector de ella, para perturbar la paz pública o tratar de menoscabar la autoridad del estado o presionar a la autoridad para que tome una determinación.
Oficial, órgano del Gobierno del Estado de Nayarit.
Miércoles 24 de Diciembre de 2008 Periódico Oficial 3
D A D O en la Universidad Tecnológica de Nayarit, decretado recinto provisional del Honorable
Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil ocho.
Dip. Pablo Montoya de la Rosa, Presidente.-
Rúbrica.-
Secretario.-
Rúbrica.-
Rúbrica.
Y en cumplimiento a lo dispuesto en la Fracción II del Artículo 69 de la Constitución
Política del Estado y para su debida observancia, promulgo el presente Decreto en la
Residencia del Poder Ejecutivo de Nayarit, en Tepic su capital, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil ocho.- Lic. Ney González Sánchez.-
Rúbrica.-
La Secretaria
General de Gobierno, Profa. Cora...
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