Acuerdo Que Reforma y Adiciona Diversas Disposiciones de las Reglas de Operación del Fondo de Crédito Agropecuario y Pesquero de Yucatán.
MÉRIDA, YUC., MARTES 15 DE DICIEMBRE DE 2009. DIARIO OFICIAL PÁGINA 7
GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE FOMENTO AGROPECUARIO Y PESQUERO
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO SEXTO DEL DECRETO NÚMERO
519 QUE CREA EL FONDO DE CRÉDITO AGROPECUARIO Y PESQUERO
DE YUCATÁN, SE EXPIDE EL PRESENTE:
ACUERDO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE
LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO DE CRÉDITO
AGROPECUARIO Y PESQUERO DE YUCATÁN.
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman: los artículos 4; 5; 6; los párrafos sexto y
octavo del artículo 7; el artículo 11; los numerales 1, 3, 5 y 6 del quinto párrafo
del artículo 18; el Capítulo XI ahora denominado “Tratamientos de Cartera” y el
artículo 20. Se adicionan: una fracción X al artículo 8 y se recorre su
numeración pasando la fracción IX a ser la X y un Capítulo XII denominado
“Disposiciones Finales” que contiene el artículo 21, todos de las Reglas de
Operación del Fondo de Crédito Agropecuario y Pesquero de Yucatán, para
quedar de la siguiente manera:
ARTÍCULO 4.- Con fines de brevedad, en las presentes reglas de operación se
aplicarán las definiciones siguientes:
I. “EL FOCAPY”.- Al Fondo de Crédito Agropecuario y Pesquero de
Yucatán.
II. “PRESIDENTE”.- Al Secretario de Fomento Agropecuario y Pesquero.
III. “EL COMITÉ”.- Al Comité Técnico de “EL FOCAPY”.
IV. “DIRECTOR GENERAL”.- A la persona designada por el
“PRESIDENTE” de “EL COMITÉ” para la administración del “FOCAPY”.
V. “CRÉDITO”.- A los recursos financieros recuperables que se otorguen al
“PRODUCTOR” con cargo al patrimonio liquido del “FOCAPY”, para la
ejecución de proyectos ejecutivos viables agropecuaria, pesqueras,
forestales, agroindustriales o artesanales que les permita un desarrollo
sustentable en el Estado de Yucatán.
VI. “PRODUCTOR”.- Es toda persona física o moral con capacidad para
contratar créditos, que tenga como objetivo primordial realizar
actividades agropecuarias, agroindustriales, forestales, pesqueras,
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