Iniciativa parlamentaria que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro., de 5 de Marzo de 2014

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a cargo de la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo previsto en los artículos 6o., fracción II, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que propone reformas de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, al tenor del siguiente

Planteamiento de problema

En lo que las Afore son suprimidas del mundo jurídico del país, se hace indispensable tomar las medidas necesarias para evitar que estas empresas sólo busquen el lucro a costa de los derechos de los trabajadores, comenzando por la injusticia y sean éstos los que deban absorber las “minusvalías”, y en los hechos se transforman en pérdidas, lo que paralelamente fortalecerá la soberanía financiera del país y, por tanto su desarrollo económico y humano.

Argumentos

Las Afore, a la fecha, administran ya casi 2 billones de pesos; y serán muchos más recursos, en el caso de que se apruebe el seguro de desempleo, que quita a los trabajadores, tanto del Apartado A y como del B, 3 por ciento de sus ahorros de vivienda (que en la actualidad están ahorrados con seguridad y rendimientos en manos del Infonavit y Fovissste), para entregarlos, mayoritariamente, al riesgos de las Afore (que no garantizan la devolución intocada de tales ahorros y menos un rendimiento), y para que en consecuencia, ellos mismos, los propios trabajadores con ese 3 por ciento, sufraguen tal seguro de desempleo. Es decir, la iniciativa peñista es una simulación y, por tanto una nueva versión de la reforma, que modificó el artículo 191 de la Ley del Seguro Social, para que los trabajadores en desempleo se autopagarán un apoyo con sus ahorros del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

Luego, el publicitado seguro de desempleo no es una nueva prestación, a cargo de los patrones y el Estado, sino una maquinación jurídica para arrebatar a la seguridad social 60 por ciento de los recursos de vivienda para inyectarlos al capital financiero.

En tal virtud, ante la crisis que vive el sistema económico mundial, y los constantes vaivenes de las bolsas en el mundo, acentuado por la recesión que ya padece la economía nacional, es el peor momento para llenar aún más las manos de las Afore, con los dineros de los trabajadores que administran exitosamente el Infonavit y el Fovissste; pues hay un riesgo real de que se pierdan en mayor o en menos medida, y los trabajadores y el supuesto seguro de desempleo, se quedan con mermas importantes de tales ahorros. Por lo visto, el capital financiero es el supremo dios a que debe sacrificarse todo.

Baste ver que de mayo a julio de 2013, las Afore (mayoritariamente de capital extranjero) perdieron 155 mil millones de pesos. A la afirmación de la Consar de que no son pérdidas, sino “minusvalías”, hay que contestar, que en primera, no estamos hablando de una “crisis” en los particular, que se superará y se regresará a la normalidad, sino de una crisis, que sólo es un eslabón en la cadena de crisis cíclicas, cada vez más frecuentes, largas y fuertes que son esenciales al sistema económico mundial. En segundo, muchos de los trabajadores que se pensionen o simplemente se retiren, tendrán que retirar sus dineros antes de que se dé el milagroso trueque de “minusvalía”, a “recuperación de la minusvalía”; esto sin menoscabo de que las inversiones en los títulos basura jamás se recuperarán.

Porque sí, la relación jurídica que se construyó para las Afore es de una absoluta iniquidad (de absoluto privilegio). Las Afore no tienen ninguna obligación sustancial: ni de mantener íntegros los ahorros (los pueden perder todos y no están obligadas a restituirlos tampoco el Estado, sino sólo el trabajador a sufrirlos, esto se puede prestar a manejos turbios de saqueo premeditado), no deben garantizar un rendimiento mínimo en favor de los ahorros de los trabajadores; y mucho menos deben garantizarles una pensión al trabajador. En cambio, cuando el SAR aún no pasaba a las Afore, el gobierno federal garantizaba la integridad de los ahorros y un rendimiento mínimo.

Las Afore al recibir los ahorros se cobran a lo chino sus cuotas, y lo demás es un riesgo a cargo de los trabajadores, a los que nunca se consultó, ni se les consulta, si querían entrar a este régimen atroz. Y del que no pueden salir, pues es un ahorro forzoso, salvo cuando se pensionen o se retiren a los 60 años, y otros casos de retiros parciales.

Las Afore son pues una peste para destruir la seguridad social, a fin de transferir masivamente los recursos de ésta, al lucro del capital financiero; y nutrir con sus recursos al Estado y a las grandes empresas. Es decir, es una expropiación masiva de recursos en perjuicio de los trabajadores, para el enriquecimiento de unos cuantos. Las Afore ya recibieron los abultados recursos de los sistemas de pensiones IMSS e ISSSTE, y ahora van por los fondos de vivienda y, en unos días se planteará pasar los recursos de los servicios médicos de la seguridad social, a estos mismos grupos financieros vía sus instituciones de seguros. En suma, se acerca el total desmantelamiento de las instituciones de seguridad social. Incluso el artículo 123, ordena que el IMSS maneje el seguro de desempleo, bajo el nombre de seguro de cesantía, pero ello hubiera implicado que el Seguro Social, recibiera los dineros relativos, lo que hubiera sido un pecado contra el neoliberalismo, y luego los dineros mayoritariamente van a parar a las Afore.

Lo más indignante es que hagan una maquinación de un supuesto seguro de desempleo para engañar a la gente; cuando esto es el telón para arrebatar los ahorros de vivienda hacia el capital financiero.

Luego, urge que a las Afore se someta a mínimas obligaciones y limitaciones, para una mayor protección de los derechos de los trabajadores y, del Estado, pues si las administradoras pierden millonadas de los ahorros, y los trabajadores llegan a sumar las cotizaciones suficientes para acceder a una pensión mínima garantizada, las misma quedarán a cargo del gobierno vía recursos presupuestales. Con mayor razón en la coyuntura de que se aprobara la maquinación llamada “seguro de desempleo”.

En armonía con lo dicho, se prevé el mecanismo para que los trabajadores sean restituidos de las pérdidas (capital e intereses legales), que mañosamente la Consar y las Afore llaman simples minusvalías. Así cuando se presenten minusvalías, se incumpla o no el régimen de inversión, la Afore las cubrirá con cargo a la reserva especial constituida en los términos previstos en esta ley, y en caso de que ésta resulte insuficiente, lo deberá hacer con cargo a su capital social. Si estos conceptos resultan insuficientes, se podrá hacer aplicación del fondo previsto en el artículo 28 Bis.

Este fondo será de carácter irrevocable, al cual deberán aportar las administradoras de fondos para el retiro, en la forma y términos que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito a propuesta del Banco de México. Éste se encargará de la administración de este fondo.

Si a la “minusvalía” sigue la recuperación de las mermas, las Afore las transferirán al fondo de mención, pero que la incertidumbre quede a cargo de las administradoras y no de los trabajadores.

Como sabemos, las comisiones sobre flujo fueron suprimidas mediante decreto del 15 de junio de 2007. Sobre esto señalamos, en resumen, que pese a este desplante jurídico, se mantienen las onerosas comisiones que cobran las Afore.

La supresión de las comisiones sobre flujo respecto a los burócratas, careció de significado, ya que a diferencia de las cuentas individuales abiertas en las Afore pertenecientes a los trabajadores del Apartado A (en 1997) y que partieron de cero saldo, ya que los ahorros del 2 por ciento del SAR ahorrados de 1992 hasta el 30 de junio de 1997, aunque se traspasaron a una Subcuenta de las Afore, se sujetaron en su manejo e inversión a la legislación anterior como procedía en derecho. Contrariamente las cuentas individuales de los burócratas no partieron de cero sino de un saldo más o menos abultado producto de los ahorros del anterior SAR (2 por ciento), lo que concretamente se tradujo en aproximadamente 58 mil millones de pesos y que violando la Constitución por tratarse de derechos adquiridos por los trabajadores, se transfirieron para su manejado e inversión a Pensionissste y a las Afore; es decir, están siendo administrados conforme a la nueva Ley del ISSSTE, lo que se traduce en la utilización de Siefore, bolsa de valores, sin garantía de que los ahorros de los trabajadores quedarán intocados, y sin que se les garantice en adelante un rendimiento real mínimo de 2 por ciento; saldos sobre los que las Afore comenzarán ya a cobrar sus onerosas comisiones.

En suma, el sistema de las Afore en el Apartado B comenzó ya con un saldo más o menos abultado. Si a esto sumamos que en 2007 los saldos de las cuentas de los trabajadores afiliados al IMSS, los del Apartado A, ya también eran abultadas, con mayor razón nos daremos cuenta de que en tales momentos las comisiones de saldo eran y son las que más convienen a las Afore, no a los...

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