Que adiciona un artículo 430 al Código Penal Federal, a cargo del diputado Miguel Ángel Pérez Navarrete, del Grupo Parlamentario de Morena

Fecha de publicación13 Febrero 2024
Número de Gaceta XXVII - 6463
SecciónIniciativas

Que adiciona un artículo 430 al Código Penal Federal, a cargo del diputado Miguel Ángel Pérez Navarrete, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Miguel Ángel Pérez Navarrete, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permite someter a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el título vigésimo séptimo al libro segundo y el artículo 430 al Código Penal Federal, en materia de usurpación de identidad, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La identidad constituye un derecho humano fundamental, reconocido en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos.

El registro del nacimiento se configura como un acto jurídico mediante el cual el Estado cumple con la responsabilidad de salvaguardar el derecho de toda persona a la identidad, al nombre y a su conexión familiar, cultural y nacional, mismo que constituye un cimiento fundamental para la protección integral de sus derechos sociales, políticos y patrimoniales.1

En la actualidad, vivimos una revolución tecnológica que redefine la forma en que millones de personas experimentan la vida cotidiana. El uso de dispositivos como teléfonos móviles, ordenadores, tabletas electrónicas y otros dispositivos digitales han alcanzado niveles inéditos. Nos desenvolvemos en un entorno donde la conectividad a internet no solo es extendida, sino que se ha vuelto esencial para la mayoría de las actividades diarias.

Bien aplicadas estas nuevas tecnologías brindan múltiples beneficios y oportunidades para la sociedad. No obstante, junto con estos avances, se ha generado una situación preocupante: la proliferación de nuevas formas de delincuencia y abusos que requieren respuestas legislativas adecuadas. Uno de estos fenómenos inquietantes es la manipulación y el mal uso de la inteligencia artificial (en adelante IA) para lograr con mayor grado de sofisticación la suplantación de identidad, o deepfake que consiste en la alteración de imágenes y la falsificación de voces y la creación de videos, que hoy resultan ser convincentes y difícil de distinguirlos de la realidad.

En algunos casos se ha utilizado para cometer conductas que lesionan la dignidad de las personas a través de la creación de imágenes íntimas, el robo de datos financieros, o con propósitos políticos, a través de la denostación, la mentira, etcétera.

Los delincuentes cibernéticos han desarrollado la clonación de voz basadas en IA de última generación, dando lugar a una nueva modalidad de estafa. Con tan solo una breve muestra de audio, tienen la capacidad de replicar la voz de prácticamente cualquier persona, permitiéndoles dejar mensajes fraudulentos en buzones de voz o enviar grabaciones por servicios de mensajería.

En la mayoría de los casos, el objetivo principal es inducir a las personas a realizar pagos de, incluso, elevadas cantidades de dinero.2

Es decir, los delincuentes podrían emplear la IA para llevar a cabo operaciones a mayor escala y mediante nuevos modelos de criminalidad.

Para la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), la usurpación de identidad es el acto de obtener, transferir, utilizar o apropiarse indebidamente de los datos personales de otra persona sin su autorización, con...

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