Acuerdo en Donde Se Reforma y Adiciona el Artículo 35, Fracciones i Y Ii, del Reglamento Interior del Municipio de Villa de álvarez

DEL GOBIERNO MUNICIPALH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE VILLA DE ALVAREZ, COL.

ACUERDO EN DONDE SE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 35, FRACCIONES I Y II, DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL MUNICIPIO DE VILLA DE ÁLVAREZ.

ADRIAN LOPEZ VIRGEN, Presidente Municipal de Villa de Álvarez, Colima, a sus habitantes hace SABER:

Que el H. Cabildo ordeno se publique el Acuerdo de fecha 30 de Diciembre de 2003, en donde se autorizo por mayoría de los integrantes del H. Cabildo la "Reforma y Adición al Artículo 35, fracciones I y II, del Reglamento Interior del Municipio de Villa de Alvarez".

A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y REGLAMENTOS LE CORRESPONDE DICTAMINAR SOBRE LOS ASUNTOS RELACIONADOS CON LAS REFORMAS Y ADICIONES AL REGLAMENTO INTERIOR DEL MUNICIPIO DE VILLA DE ÁLVAREZ, DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 23 DEL REGLAMENTO DE CABILDO, Y:

C O N S I D E R A N D O:

PRIMERO:- Que mediante oficio No.296 de fecha 22 de diciembre de 2003, se remitió a ésta Comisión de Gobernación y Reglamentos el oficio suscrito por el Oficial Mayor Ramón García Contreras en el cual solicita en uso de sus facultades previstas en el artículo 62, fracción II, del Reglamento Interior del Municipio de Villa de Álvarez, la reforma del citado Reglamento Interior, en la parte conducente a la estructura organizacional de la Dirección de Asuntos Jurídicos.

SEGUNDO:-

Que del análisis realizado a algunas de las áreas del Gobierno Municipal, como lo es la Dirección de Asuntos Jurídicos se ha observado la necesidad de proporcionarle una nueva dinámica que liberen a la Presidencia de cargas administrativas innecesarias, apoyándose para ello, en la Secretaría del Ayuntamiento, que es la dependencia que de manera más cercana a la Presidencia establece el vínculo entre el orden de Gobierno con el Honorable Cabildo y la administración municipal, por lo tanto se hace necesario ubicar a la citada Dirección administrativamente dependiente de la Secretaría del Ayuntamiento y de fortalecer jurídicamente la acciones de gobierno y las administrativas dentro del mismo contexto, proporcionando asesoría legal a las diversas áreas de la administración municipal en los diversos ámbitos del derecho, en los que el Ayuntamiento sea parte, y en apoyo a la ciudadanía.

TERCERO:- En ésa consideración, se hace necesario reformar el artículo 35, del Reglamento Interior del Municipio en sus fracciones I y II que se refieren a la estructura interna de la Administración...

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