Acuerdo para la reforma, adición y derogación de diversas disposiciones del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Cadereyta de Montes, Qro.

Pág. 8230 PERIÓDICO OFICIAL 31 de julio de 2009
GOBIERNO MUNICIPAL
EL SUSCRITO CIUDADANO LIC. LUIS GERARDO OVIEDO BARRÓN, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
DE CADEREYTA DE MONTES, QRO., EN USO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS
ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 75
FRACCIÓN V DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE CADEREYTA DE MONTES, QRO.,
HAGO CONSTAR Y
C E R T I F I C O
QUE EN SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE FECHA 07 DE JULIO DE 2009, EL AYUNTAMIENTO DE
CADEREYTA DE MONTES, QRO., APROBÓ EL ACUERDO PARA LA REFORMA, ADICIÓN Y
DEROGACIÓN DE DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE
CADEREYTA DE MONTES, QRO., MISMO QUE SE TRANSCRIBE TEXTUALMENTE A CONTINUACIÓN:
C. MA. ANA ERENDIRA VELÁZQUEZ BARRERA, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE
CADEREYTA DE MONTES, QRO., HACE SABER A SUS HABITANTES, QUE CON FUNDAMENTO EN LOS
ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 30
FRACCIÓN I, 146 Y 147 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 1°, 30, 39,
44 Y 46 DEMÁS RELATIVOS AL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE CADEREYTA DE
MONTES, QRO., Y
C O N S I D E R A N D O
Que de conformidad con los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 30,
Fracción I, 146 y 147 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro y 149 del Reglamento Interior del
Ayuntamiento de Cadereyta de Montes, el Ayuntamiento es el único órgano del gobierno municipal, investido de
la facultad reglamentaria, a través de la cual se pueden emitir bandos, reglamentos, decretos, acuerdos,
circulares y demás documentos que contengan disposiciones administrativas de observancia general y
obligatoria.
Que resulta imprescindible reglamentar eficazmente las competencias del cuerpo colegiado denominado
“Ayuntamiento”, así como las facultades y obligaciones de sus integrantes; para asegurar que todo el actuar de
éstos no se halle al arbitrio de persona alguna y soslayar -bajo cualquier concepto- la comisión de actos o
decisiones anárquicos, ambiguos o desordenados.
Que derivado de las constantes Reformas en la Legislación del Estado, con incidencia directa en el Municipio,
se hace menester adecuar la reglamentación municipal, a fin de salvaguardar la hegemonía constitucional.
Que aunado a lo anterior y habiéndose realizado un diagnóstico de la organización y el funcionamiento del
Ayuntamiento, es posible identificar claramente los puntos medulares o sustantivos de una eventual Reforma,
con el propósito de que el aparato gubernamental se desempeñe con mayor eficiencia.
Que con el propósito de justificar ante el Honorable Ayuntamiento de Cadereyta de Montes, Qro., la necesidad
de modificar el Reglamento Interior del mismo, es preciso señalar los alcances y términos de la pretendida
Reforma.
Que en este orden de ideas, la figura del Ayuntamiento debe robustecerse, de tal modo que la toma de
decisiones sea un ejercicio compartido entre el Presidente Municipal y los Regidores y Síndicos. Es pues, que
las Sesiones de Cabildo, son un mecanismo de esencial importancia, pues a través de éstas el órgano
colegiado de representación popular, analiza y aprueba las políticas y los programas de gobierno municipal y
formaliza el ejercicio de la función pública; siendo por ello ineludible equilibrar las fuerzas entre sus distintos
actores gubernativos, permitiendo que sea precisamente el Ayuntamiento -en su conjunto- quien determine sus
asuntos a tratar, ya sea mediante la aprobación del Orden del Día, la convocatoria a Sesiones Extraordinarias y
la inclusión de propuestas.

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