Adición al Acuerdo General para el Ingreso, Promoción y Desarrollo de la Carrera Judicial con Paridad de Género, en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, publicado el 2 de febrero de 2016

EdiciónMatutina
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

ADICIÓN al Acuerdo General para el Ingreso, Promoción y Desarrollo de la Carrera Judicial con Paridad de Género, en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, publicado el 2 de febrero de 2016. "Artículo 23. [...]

[...]

[...]

[...]

El personal que ingrese al Sistema de Carrera Judicial por los mecanismos establecidos en los artículos 20 y 21 del presente Acuerdo, pasará a formar parte de la lista de habilitados sin que exista un período preestablecido para la conclusión de la habilitación." [Adicionado mediante Acuerdo 273/S9(13-IX-2016)].

ARTÍCULOS TRANSITORIOS A LA ADICIÓN APROBADA POR LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, MEDIANTE ACUERDO 273/S9(13-IX-2016), EMITIDO EN LA NOVENA SESIÓN ORDINARIA DE DOS MIL DIECISÉIS.

PRIMERO. La presente adición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan la adición aprobada mediante el presente acuerdo.

TERCERO. Para su mayor difusión, publíquese en las páginas de Intranet e Internet del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

CUARTO. Todas aquellas personas que se encontraban en la lista de habilitados al momento de entrar en vigor el Acuerdo General para el Ingreso, Promoción y Desarrollo de la Carrera Judicial con Paridad de Género, en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que por alguna razón hayan causado baja de la plaza de Carrera Judicial, conservarán su habilitación por un período de tres años, posterior a la determinación de dicha baja, en términos de lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR