Adenda a los Acuerdos Delegatorios publicados por la Alcaldía.

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO ALCALDÍA GUSTAVO A. MADERO

Dr. Francisco Chíguil Figueroa, Alcalde en Gustavo A. Madero, con fundamento en el artículo 122 apartado A fracción VI inciso c) primer y segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 53 base B numeral 3 inciso a) fracciones VII y X y Trigésimo Transitorio de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 29 fracción I, 31 fracción I y 74 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México.

CONSIDERANDOS

Que la Alcaldía Gustavo A. Madero es un Órgano Político Administrativo con personalidad jurídica y autonomía con respecto a su administración, forma parte de la administración pública de la Ciudad de México y un nivel de gobierno, en los términos de las competencias constitucionales y legales correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de las Alcaldías de la Ciudad de México y su reglamento.

Que está dotada de atribuciones de decisión, ejecución y autonomía de gestión, competente dentro de su respectiva jurisdicción territorial en las materias de:

  1. Gobierno y régimen interior;

  2. Obra pública y desarrollo urbano;

  3. Servicios públicos;

  4. Movilidad;

  5. Vía pública;

  6. Espacio público;

  7. Seguridad ciudadana;

  8. Desarrollo económico y social;

  9. Educación, cultura y deporte;

  10. Protección al medio ambiente;

  11. Asuntos jurídicos;

  12. Rendición de cuentas y participación social;

  13. Reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general;

  14. Alcaldía digital; y

  15. Las demás que señalen las leyes.

Que para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxilia de las Unidades Administrativas a la que corresponden, las atribuciones básicas señaladas en el artículo 75 de la Ley Orgánica de Alcaldías.

Que para efecto de garantizar el debido cumplimiento de los principios estratégicos de la organización política y administrativa de la Alcaldía Gustavo A. Madero, así como para el eficiente y oportuno desarrollo de sus funciones, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 31 fracción I y el artículo 74 de la Ley Orgánica de Alcaldías para delegar en las Direcciones Generales y demás Unidades Administrativas de apoyo técnico-operativo las facultades que expresamente otorguen los ordenamientos jurídicos correspondientes, y en virtud del cambio en normatividad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR