Adela Cortina, Las fronteras de la persona. El valor de los animales, la dignidad de los humanos.

AutorHall, Robert

Adela Cortina, Las fronteras de la persona. El valor de los animales, la dignidad de los humanos, Taurus, Madrid, 2009, 240 pp.

En su libro sobre la ética de los animales, Las fronteras de la persona. El valor de los animales, la dignidad de los humanos, Adela Cortina discurre con la claridad de análisis y la perspicacia que sus aficionados esperan de costumbre. Su tesis principal es la siguiente: aunque los animales tienen un valor interno y tenemos obligaciones hacia ellos, no tienen dignidad (una característica de la autoconciencia y autoestima) y, por lo tanto, no tienen derechos.

Para Cortina hay tres posturas con respecto a la consideración ética de los animales: 1) aceptar a los animales no humanos en el núcleo de la ética "en pie de igualdad con los seres humanos"; 2) incluir a los animales en la ética "pero introduciendo una gradación en la relevancia moral", y 3) "Dejar las cosas como están por entender que las nuevas propuestas carecen de argumentos suficientes como para modificar nuestras creencias" (p. 19). Su propósito es sostener un diálogo con posiciones diferentes "que se oponen a la idea de que los seres humanos son los únicos que forman parte del núcleo duro de la ética" (p. 20). De hecho, lleva a cabo un análisis muy perspicaz, aunque dirige su crítica principal específicamente a los "animalistas" por su creencia de que no existe ninguna diferencia de estatus moral entre seres humanos y animales no humanos--una idea extrema, en mi opinión, y al margen del debate--. Al final, como voy a explicar, Cortina no toca suficientemente la segunda postura, sobre la teoría de una gradación entre seres con respecto a su estatus moral.

En capítulos sucesivos, Cortina analiza cinco perspectivas modernas sobre el tema. Empieza con la teoría de los deberes indirectos, la cual es explícitamente antropocéntrica al atribuir derechos morales únicamente a los seres humanos --miembros de la comunidad de sujetos morales--. Sin embargo, según esta tradición,

quien se habitúa a no ser compasivo, agradecido y responsable con los animales acaba no siéndolo tampoco consigo mismo ni con los demás hombres. [...] La crueldad es un mal hábito, es un vicio y no una virtud, expresivo de un mal carácter. [...]. Para acostumbrarse a respetar a las personas es preciso cultivar determinados hábitos y virtudes de compasión, gratitud, cuidado. (p. 65) Según lo anterior, solamente tenemos deberes indirectos hacia los animales con el propósito de desarrollar nuestro carácter. Actuar de manera cruel implica una falta de humanidad.

Sin estar en desacuerdo con este sentimiento, Adela Cortina dice que esta tradición "se resiste a reconocer en los animales algún valor interno, por el que las personas se vieran obligadas a tratarlos bien de un modo directo, y no sólo indirecto" (p. 82). Insiste en que es posible tener obligaciones con seres que no tienen derechos.

Luego, con respecto a los filósofos que consideran la ética (y la política) como un contrato social, parece fácil demostrar la exclusión de los animales. Si la moral se sustenta en un contrato, solamente los seres con habilidad para contratar pueden ser sujetos morales y formar parte de la comunidad moral. Esto no implica que los seres humanos no puedan contratar con otros seres humanos para reconocer obligaciones respecto de los animales, el mundo biótico o los sistemas ecológicos. Sin embargo, el contractualismo es explícitamente antropocéntrico y, aunque puedan ser beneficiarios del contrato, los animales no son firmantes, así que cualquier deber que se atribuya a los animales es indirecto. La conclusión de Cortina con respecto a la teoría contractualista es la siguiente:

El núcleo de la cuestión sería hoy día tratar de analizar si hay deberes morales directos en relación con los animales y con la naturaleza porque tienen un valor interno y no sólo instrumental, aunque no se puedan reconocer derechos porque no tienen la capacidad de entender qué sea un derecho y porque son miembros de comunidades en que ese discurso carece de sentido. (p. 100) Sin embargo, Cortina afirma que "los animales forman comunidades que conviven ateniéndose a las normas de la naturaleza, pero no a normas construidas por ellos mismos" (p. 99). No obstante, en mi opinión, puesto que el contrato social nunca es algo escrito ni construido por los miembros de una sociedad, sino algo implícito en la interacción social, no hay razón obvia para excluir, por ejemplo, a los animales domésticos o a los animales de producción. Creo que una familia puede tener un contrato implícito con su perro o su gato. El perro tiene que comportarse bien a cambio de recibir alimentación y alojamiento. Además, parece que este acuerdo está apoyado por un tipo de afecto mutuo. Y, como reconoce la misma Cortina, normalmente creemos que un animal, tras haber trabajado la mayor parte de su vida, merece la oportunidad de vivir en paz hasta el fin de su vida natural (pp. 63-64). (A la autora no le gusta usar la palabra "derecho" en este contexto, pero es algo normal usarla de esta manera.)

En tercer lugar, Cortina se enfoca en los utilitaristas. La idea básica de los utilitaristas es que, puesto que la función de la moral es maximizar los intereses de todos en cuanto sea posible, es preciso incluir a los animales en el ámbito de la consideración moral porque tienen intereses. Como seres sensibles tienen un interés natural en no sufrir. La consideración moral no depende de que se pueda razonar moralmente, tampoco de que se pueda contratar socialmente, sino de que se pueda sufrir. La moralidad es asunto de los intereses de seres sensibles y por eso es injusto excluir a los animales no humanos. Cortina menciona que, según el utilitarista kantiano R.M. Hare, la regla de oro se aplica a todos los seres sensibles en la medida de su propia naturaleza (p. 115).

Hay una diferencia conceptual entre Cortina y los utilitaristas (de hecho, esa diferencia también está presente en los mismos utilitaristas) sobre el uso de la palabra "derecho". Algunos utilitaristas (Bentham en particular) la reservan para asuntos legales--legislados...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR