Acusación Presentada ante el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal por el Lic. Sabas Silva, Contra el Señor Juez 6o. de lo Civil Lic. Alfonso Cruz

ACUSACION PRESENTADA ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL POR EL LICENCIADO SABAS SILVA, CONTRA EL SEÑOR JUEZ 6o. DE LO CIVIL LIC. ALFONSO CRUZ.
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SEÑORES MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.

SABAS SILVA, abogado, señalando para oír notificaciones la casa número 10 de la Avenida del 5 de Mayo, de esta Capital, ante ustedes, con todo respeto digo:

Una defensa justificada de mi parte, más que todo, me hace venir a este H. Tribunal de justicia con esta queja en contra del señor juez Sexto de lo Civil Lic. Alfonso Cruz. En la exposición que voy a hacer, verán ustedes, señores, que los procedimientos del expresado funcionario son primeramente extraños, incomprensibles; después son atentatorios. Al efecto, voy a narrar los siguientes hechos.

  1. En cinco de abril de mil novecientos diecinueve, ANTONIO NOGUERA, se presentó al juzgado Segundo de lo Civil, en liquidación judicial, porque no podía pagar sus deudas entre las que señaló la de un señor Martín Aguirre, Wolfango Rodríguez y otras más, que no expresó, y el referido juez, con este motivo, me designó como Síndico provisional con las consecuencias legales del acto. "Desempeñé el encargo, dictaminé sobre los créditos y llegué hasta la junta que tiene por objeto el reconocimiento y examen de los créditos. No siguió el juicio por virtud de un amparo del deudor común interpuesto porque dijo que el juez de los autos había reconocido a personas que él (el deudor) no admitía como sus acreedores, a pesar de que los había listado al promover su liquidación judicial. Como yo en calidad de Sindico no tenía interés en que se reconocieran o no a los acreedores, porque éstos en definitiva se defenderían con arreglo a la ley, dejé que las cosas siguieran su curso.

  2. Al principiar el desempeño de mis labores de Síndico, el señor Noguera, me indicó que con unos meses de trabajo en la fábrica de algodón absorbente y sus similares, que formaba la masa de la quiebra, saldaría sus compromisos, mismos que le habían impulsado a pedir su liquidación judicial, compromisos que en aquella época montaban a treinta y tantos mil pesos, según él; de mi consentimiento para que la Negociación siguiera en sus trabajos, por lo mismo, elaborando algodón, gasas, vendas, etcétera; naturalmente empleando las pocas materias primas existentes a excepción del algodón que había en cantidad y que se debía. Para conseguir esto, mi primer paso fue ponerlo en conocimiento del juez de los autos y hacer los primeros desembolsos para la raya de operarios, pues que ni a éstos se les había pagado, al pedir la liquidación de que me vengo ocupando.

  3. Después de un mes de iniciados estos trabajos, y notando que no había entradas para hacer los pagos de que hablaba Noguera, pedí los papeles de las cuentas para ver el estado de la Negociación; pero con un motivo o con otro, se retardaron hasta otro mes y sin que en este segundo, hubiera tampoco dinero en la caja. Más aún, oyendo al mismo Noguera, quien siempre tenía quejas para todos, me dijo que llevando él personalmente las cosas todo lo arreglaría; una vez más, accedí y otra vez me convencí de que era un fracaso todo. No tuve otro remedio sino suspender esos trabajos y ver si vendiendo la Negociación se evitaban más pérdidas. A está última promoción se opusieron acreedores y deudor y todo quedó así.

  4. Para no pagar impuestos, teléfono, luz, fuerza, rentas y otras cosas, opté por alquilar la fábrica con una utilidad de cien pesos mensuales libres, y este hecho me puso en pugna con el deudor quien pretendía seguir disponiendo de los bienes y tomar la quiebra como una maquinación.

  5. Ante esta conducta mía, de acuerdo con un señor Pedro Franco Armendáriz, con un mozo que tenía, Francisco Luch, y otro acreedor, cuyo nombre no recuerdo, en CINCO DE JULIO DEL MISMO AÑO, se presentaron a pedir que se revocara el auto de quiebra porque el señor Noguera estaba en aptitud de pagar sus deudas. No sé por qué motivos sólo se substanció la primera petición -la de Armendáriz- y las otras quedaron así como olvidadas, probablemente porque para los fines perseguidos con una...

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