Acuerdo de la Vocal Ejecutiva del Consejo Estatal para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas del Estado de México por el que se emiten las modificaciones a las reglas de operación del Programa de Desarrollo Social Familias Fuertes Desarrollo Integral Indígena.

Miércoles 23 de febrero de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 36
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SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
Al margen Escudo del Estado de México.
MAESTRA DIANA PEREZ BARRAGAN VOCAL EJECUTIVA DEL CONSEJO ESTATAL PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DEL ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO
POR LOS ARTÍCULOS 3 FRACCIÓN XI, 5, 6, 10, 11 FRACCIÓN VI, 12 FRACCIONES I Y II Y 17 FRACCIÓN IV DE
LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO; 6 FRACCIÓN XI, 8 FRACCIÓN III, 9 FRACCIÓN
II, 18, 19, 20 Y 26 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO; 12
FRACCIONES XIII Y XXVIII DE LA LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO
DENOMINADO CONSEJO ESTATAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DEL
ESTADO DE MÉXICO Y 10 FRACCIÓN XIII DE SU REGLAMENTO INTERIOR, Y
CONSIDERANDO
Que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), adoptó en 2015 la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible, la cual, es un plan de acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad.
Que la Agenda plantea 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) con 169 metas de carácter integrado e indivisible
que abarcan las esferas económica, social y ambiental.
Que la política de Desarrollo Social instruida por el licenciado Alfredo Del Mazo Maza, Gobernador Constitucional del
Estado de México se fundamenta en los principios de inclusión, integralidad, igualdad, participación, solidaridad,
productividad, corresponsabilidad, focalización, transversalización y evaluación, priorizando el desarrollo humano de
los mexiquenses.
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México (PDEM) 2017-2023, en congruencia con la Agenda 2030 y los ODS,
considera prioritario, en su Pilar Social: Estado de México Socialmente Responsable, Solidario e Incluyente, atender
las causas y efectos de la pobreza y la desigualdad y garantizar los derechos sociales con énfasis en la población
más vulnerable, particularmente de las mujeres y construir familias fuertes.
Que para dar cumplimiento a la política social estatal se establece la Estrategia Familias Fuertes (EFF), como un
mecanismo de coordinación transversal intergubernamental que permita transitar del desarrollo social al desarrollo
humano, para que a través de la operación de los diversos programas sociales, se promueva el acceso a los
derechos sociales y con ello se contribuya a mejorar la calidad y nivel de vida de los mexiquenses, mediante cuatro
pilares básicos: el ingreso, la alimentación, la educación y la vivienda.
Que la EFF se alinea también a los ODS y metas de la Agenda 2030 propuestos por el Programa de Naciones Unidas
para el Desarrollo (PNUD), y a los objetivos de la Ley de Desarrollo Social de la entidad, lo que permite homologar los
criterios de las Reglas de Operación de los programas sociales Social, emitidos por el Consejo de Investigación y
Evaluación de la Política Social (CIEPS).
Que el PDEM, en su Eje 1: Igualdad de Género, alineado al compromiso mundial de combatir las desigualdades entre
mujeres y hombres, promueve la igualdad de género como una de las prioridades de gobierno, basada en una acción
transversal que impacta la totalidad de las políticas públicas.
Que el Programa Familias Fuertes Desarrollo Integral Indígena se encuentra alineado a los siguientes ODS: 1. Fin de
la Pobreza, 8. Trabajo Decente y Crecimiento Económico, y 10. Reducción de las Desigualdades; y contribuye al
cumplimiento de las metas de la Agenda 2030: 1.2; 10.1; 10.2, y 10.3 de la Agenda 2030.
Que la transversalización de la perspectiva de género exige incluir el principio de Igualdad de Trato y de
Oportunidades entre mujeres y hombres, en la planeación, ejecución y evaluación de las políticas públicas, a efecto
de garantizar el acceso a los recursos y oportunidades en igualdad de condiciones.
Que el presupuesto público con perspectiva de género tiene como propósito promover la igualdad entre hombres y
mujeres, estableciendo asignaciones presupuestarias más justas, que favorezcan las oportunidades sociales y
económicas de ambos géneros, por ello, se incorpora esta visión en las Reglas de Operación de los programas
sociales para contribuir a la reducción de las brechas de desigualdad.
Que la transversalidad y focalización son herramientas que propician la coordinación efectiva entre instituciones
públicas, sociales y privadas de los órdenes federal, estatal y municipal.

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