Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SRE-JE-0013-2022-Acuerdo1), 2022

Número de expedienteSRE-JE-0013-2022
Fecha31 Marzo 2022
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)
Tribunal de OrigenJUNTA LOCAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN NAYARIT
Tipo de procesoJuicio electoral

JUICIO ELECTORAL.

EXPEDIENTE: SRE-JE-13/2022.

PROMOVENTE: Movimiento Ciudadano y otro.

INVOLUCRADAS: M.G.P.M. (presidenta municipal de Tepic, N. y otros.

MAGISTRADA: G.V.C..

PROYECTISTA: V.H.R.V..

COLABORARON: N.D.H. y M.C.M..

Ciudad de México, a treinta y uno de marzo de dos mil veintidós[1].

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicta ACUERDO:

A N T E C E D E N T E S

  1. Proceso electoral extraordinario en Nayarit
  1. 1. La elección extraordinaria para elegir una senaduría en Nayarit, se realizó con estas etapas[2]:
  • Convocatoria. Sé publicó el 6 de octubre de 2021.
  • Precampaña: Del 17 al 28 de octubre de 2021.
  • Intercampaña: Del 29 de octubre al 1 de noviembre de 2021.
  • Campaña: Del 2 de noviembre al 1 de diciembre de 2021.
  • Día de la elección: 5 de diciembre de 2021.

II. Presentación de las denuncias.

  1. 1. Queja 1. El 5 de diciembre de 2021, Movimiento Ciudadano[3] presentó queja ante la 02 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral[4] en Nayarit[5], contra:
  • M.G.P.M. (presidenta municipal de Tepic, Nayarit).
  • J.S.A.M. (a decir del denunciante, propietario y titular de la marca GN GENTE NAYARIT).
  • A.M.S. (según el denunciante, titular del noticiero Certeza Política).
  • R.E.J.A. (entonces candidata a senadora de la República por la coalición Juntos Haremos Historia en Nayarit[6]).
  • MORENA[7].
  1. Por 3 publicaciones en 3 cuentas de Facebook (Gente Nayarit, Certeza Política y P.S.[8]) y en la página de internet de un noticiero (Certeza Política), el 4 de diciembre de 2021, lo que a su parecer implica:
  • Vulneración al periodo de veda electoral.
  1. La junta distrital envió la queja a la Junta Local Ejecutiva del INE en Nayarit[9], para su tramitación.
  2. 2. Queja 2. El 11 de diciembre de 2021, el Partido Acción Nacional[10] presentó queja ante la junta local, contra:
  • M.G.P.M. (presidenta municipal de Tepic, Nayarit).
  • R.E.J.A. (entonces candidata a senadora de la República por la coalición Juntos Haremos Historia en Nayarit).
  • La Coalición “Juntos Haremos Historia en Nayarit”.
  • Quien resulte responsable.
  1. Porque el 4 de diciembre la presidenta municipal de T.N. manifestó públicamente su respaldo a la entonces candidata R.E.J.A., lo que consta en 4 publicaciones en 4 cuentas de Facebook (Gente Nayarit, A.M., REPORTEROS.TVn-Noticias al Instante y Reportero Nayarit) y en la página de internet de un noticiero (Certeza Política), lo que a su parecer implica:
  • Vulneración al periodo de veda electoral.

III. Trámite del Procedimiento Especial Sancionador.

  1. 1. Registro, acumulación e investigación de las quejas. El 6 y 11 de diciembre de 2021, la junta local registró[11] las quejas, acumuló la queja 2 a la 1 porque en ambas se denunció la misma publicidad y ordenó diligencias de investigación.
  2. 2. Admisión, emplazamiento y audiencia. El 21 de febrero, la autoridad instructora admitió las quejas y determinó emplazar a las partes a la audiencia de pruebas y alegatos para el 3 de marzo siguiente.

IV. Trámite ante la Sala Especializada.

  1. 1. Recepción, revisión y turno a ponencia. Cuando llegó el expediente a la Sala Especializada, se revisó su integración y el 30 de marzo, el magistrado presidente le asignó la clave SRE-JE-13/2022, lo turnó a la ponencia de la magistrada G.V.C., quien en su oportunidad lo radicó y presentó el proyecto de acuerdo.

C O N S I D E R A C I O N E S

PRIMERA. Actuación colegiada

  1. Este acuerdo tiene que ver con el trámite del asunto, por tanto, debe emitirse por la magistrada y los magistrados integrantes de este órgano jurisdiccional[12].

SEGUNDA. Justificación para resolver en sesión no presencial

  1. El acuerdo de este asunto por videoconferencia se justifica pues Sala Superior así lo aprobó mientras persista la emergencia sanitaria[13].

TERCERA. Investigación

¿Qué se denunció?

  • Queja 1
  1. Movimiento Ciudadano denunció que el 4 de diciembre de 2021 se realizaron 3 publicaciones en 3 cuentas de Facebook (Gente Nayarit, Certeza Política y P.S.[14]) y en la página de internet de un noticiero (Certeza Política), con propaganda electoral durante el periodo de veda.
  • Queja 2
  1. El PAN acusó que el 4 de diciembre la presidenta municipal de T.N. manifestó públicamente su respaldo a la entonces candidata R.E.J.A., con lo que vulneró el periodo de veda electoral, mediante una sistematización de mensajes en noticias y Facebook, lo que consta en 4 publicaciones en 4 cuentas de Facebook (Gente Nayarit, A.M., REPORTEROS.TVn-Noticias al Instante y Reportero Nayarit) y en la página de internet de un noticiero (Certeza Política).

¿Qué se observa en el expediente?

  • Trámite
  1. La autoridad instructora realizó varias diligencias de investigación, entre ellas, certificó las publicaciones en los perfiles de FacebookGente Nayarit”, “Certeza Política”, “A.M., “REPORTEROS.TVn-Noticias al Instante” y “Reportero Nayarit” y, portal de noticias “Certeza Política”; además, verificó en la página del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial el registro de la marca “GN Gente Nayarit.
  2. También hizo diversos requerimientos a:
  • Gente Nayarit” y “Certeza Política” sobre información de las publicaciones.
  • F.I., relativo a la titularidad y administración de las cuentas de Facebook donde se realizaron las publicaciones denunciadas y datos de localización.
  • Ayuntamiento de Tepic Nayarit sobre el origen de las publicaciones.
  • Las personas titulares o administradoras de las cuentas de Facebook, por correo electrónico.
  • Registro Federal de Electores de la junta local en Nayarit, para que informara los domicilios de las personas titulares y administradoras que proporcionó Facebook.
  • G.I. y Microsoft Corporation que informaran si tenían registro de los correos electrónicos que proporcionó Facebook.
  • Instituto Federal de Telecomunicaciones, Grupo AT&T Celullar S. de R.L. de C.V., y Radiomovil Dipsa S.A. de C.V., información sobre números telefónicos relacionados con los medios de comunicación.
  1. De estas diligencias, entre otra información, obtuvo:
  • La existencia de las publicaciones en las cuentas de Facebook Gente Nayarit”, “Certeza Política”, “A.M., “REPORTEROS.TVn-Noticias al Instante” y “Reportero Nayarit”, y portal de noticias “Certeza Política”
  • S.A.M., respondió como representante del medio “Gente Nayarit”.
  • A.M.M. dijo que él administra la página de Facebook y sitio de noticias “Certeza Política”.
  • J.G.U.V. respondió que es el único administrador, responsable de publicar contenidos en la página “Reportero Nayarit”.
  1. Sin embargo, es necesario realizar mayores diligencias para investigar:

La existencia de la publicación en la cuenta de Facebook Pancho Sandoval”.

Titularidad y/o quienes administran las cuentas de FacebookPancho Sandoval”, “A.M. y “REPORTEROS.TVn-Noticias al Instante”.

Si dichos medios de comunicación (“Gente Nayarit”, “Certeza Política”, “A.M., “REPORTEROS.TVn-Noticias al Instante”, “Reportero Nayarit” y Pancho Sandoval”), sus titulares o personas administradoras pueden tener algún vínculo de militancia o de ser simpatizantes con la coalición, partidos políticos o candidatura denunciada[15].

  1. De manera que, no contamos con los elementos necesarios para resolver el asunto; por lo que, esta Sala Especializada solicita a la autoridad instructora realice lo siguiente.

CUARTA. Mayores diligencias y emplazamiento

Investigación

  1. Se solicita a la junta local para que, en ejercicio de su facultad investigadora, de forma enunciativa y no limitativa, realice mayores diligencias para conocer:
  • La existencia de la publicación en la cuenta de FacebookPancho Sandoval”.
  • La titularidad y/o quienes administran las cuentas de FacebookPancho Sandoval”, “A.M. y “REPORTEROS.TVn-Noticias al Instante”.
  1. Respecto de “REPORTEROS.TVn-Noticias al Instante” y “Anthoni Magutti” realice las...

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