Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SG-AG-0014-2022-Acuerdo1), 2022

Número de expedienteSG-AG-0014-2022
Fecha07 Octubre 2022
EmisorSala Regional Guadalajara (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tribunal de OrigenELVA REGINA JIMÉNEZ CASTILLO, MAGISTRADA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA
Tipo de procesoAsuntos generales

ACUERDO PLENARIO

ASUNTOS GENERALES

EXPEDIENTES: SG-AG-14/2022 Y ACUMULADOS

PARTES ACTORAS: ANTONIO DE J.R.V., TESORERO MUNICIPAL DEL XXIV AYUNTAMIENTO DE TECATE, BAJA CALIFORNIA Y OTRAS PERSONAS

AUTORIDADES RESPONSABLES: UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA Y OTRA

MAGISTRADA: G.D.V.P.

SECRETARIA: O.N.N.[1]

Guadalajara, J., siete de octubre de dos mil dos mil veintidós.[2]

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión privada de esta fecha, determina formar juicios para la protección de los derechos-político-electorales del ciudadano con motivo de los recursos de inconformidad presentados por diversos integrantes del XXIV Ayuntamiento de Tecate[3], Baja California, para controvertir actos de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Electoral local,[4] así como de una Magistrada del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California[5] y determina improcedentes las medidas cautelares solicitadas por las partes actoras.

Palabras clave

Acumulación, trámite de asunto general, nuevo procedimiento especial sancionador, reposición de procedimiento, requerimiento de información, medidas cautelares, VPG.

ANTECEDENTES.

De los hechos narrados por quienes promueven, y de las constancias que integran los expedientes, se advierte lo siguiente.

  1. Procedimiento Especial Sancionador IEEBC/UTCE/PES/06/2022

a) Denuncia. El dieciséis de mayo, se presentó una denuncia ante el Instituto Estatal Electoral de Baja California[6] por la presunta comisión de actos que implican violencia política en contra de las mujeres por razón de género[7] generándose el expediente administrativo IEEBC/UTCE/PES/06/2022.

b) Procedimiento Especial Sancionador PS-08/2022. El nueve de agosto, se remitió al Tribunal local el procedimiento administrativo mencionado, mismo que quedó registrado con el número de expediente PS-08/2022 y se asignó preliminarmente a la ponencia de la Magistrada E.R.J.C., para que conociera del expediente.

c) Reposición del procedimiento. El quince de agosto, la Magistrada instructora local, radicó en su ponencia el expediente de mérito y ordenó su reposición, a efecto de que la Unidad de lo Contencioso realizara diligencias de investigación adicionales que consideró necesarias para la debida instrucción del expediente IEEBC/UTCE/PES/06/2022.

Asimismo, ordenó que se iniciara un nuevo procedimiento especial sancionador en los términos que se precisan en la mencionada determinación.

d) Actos emitidos por la Unidad de lo Contencioso en acatamiento a lo ordenado en el acuerdo de quince de agosto último. El dieciocho de agosto siguiente, la Unidad de lo Contencioso, emitió un acuerdo en el expediente IEEBC/UTCE/PES/06/2022, en el que, con fin de atacar lo instruido por la Magistrada instructora en el PS-08/2022 ordenó una serie de requerimientos de información a las y los promoventes y determinó el inicio de un nuevo procedimiento, el cual fue radicado en esa misma fecha y se identificó como IEEBC/UTCE/PES/07/2022.

  1. Recursos de inconformidad

a) Demandas. Los días treinta y uno de agosto, así como seis de septiembre, diversos integrantes del Ayuntamiento de Tecate, presentaron en lo individual sendos recursos de inconformidad en los que señalaron como actos impugnados y autoridades responsables los siguientes:

PARTE ACTORA

ACTOS IMPUGNADOS

AUTORIDADES RESPONSABLES

A. de J.R.V.T.M. del XXIV Ayuntamiento de Tecate, Baja California.

Acuerdo de la Unidad de lo Contencioso, de fecha 18 de agosto de 2022, dictado en el expediente IEEBC/UTCE/PES/06/2022 por el que en su punto QUINTO solicita al promovente dé respuesta a los numerales 1,2,3 y 4.

Autoridad ordenadora: Magistrada E.R.J.C..

Autoridad ejecutora: K.P.S., Encargada del Despacho de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Estatal Electoral del Baja California.

E.D.B.R., Presidente Municipal del XXIV Ayuntamiento de Tecate, Baja California.

Acuerdo de la Unidad de lo Contencioso, de fecha 18 de agosto de 2022, por el que se apertura un nuevo procedimiento especial sancionador bajo el número de expediente IEEBC/UTCE/PES/07/2022 y en su punto SEXTO solicita al promovente dé respuesta a los numerales 1,2,3 y 4.

L.H.L.G.O.M. del XXIV Ayuntamiento de Tecate, Baja California.

Acuerdo de la Unidad de lo Contencioso, de fecha 18 de agosto de 2022, por el que se apertura un nuevo procedimiento especial sancionador bajo el número de expediente IEEBC/UTCE/PES/07/2022 y en su punto OCTAVO solicita a la promovente dé respuesta a los numerales 1,2,3 ,4 y 5.

R.A.F.C.J. del Departamento de Recursos Humanos, del XXIV Ayuntamiento de Tecate, Baja California.

Acuerdo de la Unidad de lo Contencioso, de fecha dieciocho de agosto de 2022, por el que se apertura un nuevo procedimiento especial sancionador bajo el número de expediente IEEBC/UTCE/PES/07/2022 y en su punto NOVENO solicita al promovente dé respuesta a los numerales 1,2,3,4,5, 6 y 7.

D.N.R.C.S. del XXIV Ayuntamiento de Tecate, Baja California

Acuerdo de la Unidad de lo Contencioso, de fecha dieciocho de agosto de 2022, por el que se apertura un nuevo procedimiento especial sancionador bajo el número de expediente IEEBC/UTCE/PES/07/2022 y en su punto SÉPTIMO solicita a la promovente dé respuesta a los numerales 1,2 y 3.

b) Radicación y acumulación ante la instancia local. Los días seis y doce de septiembre, se recibieron en el Tribunal local los recursos de inconformidad mismos que se registraron con las claves RI-30/2022, RI-31/2022, RI-32/2022, RI-33/2022 y RI-34/2022 y dada la conexidad existente entre ellos, por acuerdo de las tres M. se ordenó su acumulación.

c) Excusa. El trece de septiembre, la Magistrada E.R.J.C. presentó ante la Oficialía de Partes del Tribunal local un oficio mediante el cual presentó excusa por impedimento para conocer de los recursos de inconformidad mencionados, misma que previo trámite, el Pleno de ese órgano jurisdiccional estatal declaró infundada mediante sesión de quince de septiembre.

d) Acuerdo plenario de incompetencia. El veintiuno de septiembre, el Pleno del Tribunal local dictó un Acuerdo dentro de los expedientes RI-30/2022 y acumulados en el que determinó que dicho órgano jurisdiccional local era incompetente para conocer de los mencionados recursos y ordenó su remisión a esta Sala Regional.

3. Asuntos Generales.

a) Recepción y turno. El veintinueve de septiembre se recibieron en esta Sala Regional las constancias de los asuntos mencionados, las cuales fueron remitidas por el S. General de Acuerdos del Tribunal local, y por sendos acuerdos de la Magistrada Presidenta interina de este órgano jurisdiccional se determinó integrar los expedientes respectivos, registrarlos con las claves SG-AG-14/2022, SG-AG-15/2022, SG-AG-16/2022, SG-AG-17/2022 y SG-AG-18/2022 así como turnarlos a la Ponencia a cargo de la Magistrada G.d.V.P., para emitir la determinación correspondiente.

b) Radicación. En su oportunidad, la Magistrada instructora radicó los expedientes de los referidos asuntos generales en su Ponencia y reservó el pronunciamiento de las medidas cautelares solicitadas por las y los promoventes para el momento procesal oportuno.

RAZONES Y FUNDAMENTOS

PRIMERA. Competencia. Esta Sala Regional correspondiente a la Primera...

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