Acuerdo para el traspaso de recursos destinados a la operación de los programas de educación básica sujetos a reglas de operación y a otros instrumentos de carácter normativo, que establecen la Secretaría de Educación Pública y la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal

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ACUERDO para el traspaso de recursos destinados a la operación de los programas de educación básica sujetos a reglas de operación y a otros instrumentos de carácter normativo, que establecen la Secretaría de Educación Pública y la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal.

ACUERDO PARA EL TRASPASO DE RECURSOS DESTINADOS A LA OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE EDUCACIÓN BÁSICA SUJETOS A REGLAS DE OPERACIÓN Y A OTROS INSTRUMENTOS DE CARÁCTER NORMATIVO, QUE ESTABLECEN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL MTRO. NICOLÁS KUBLI ALBERTINI, OFICIAL MAYOR, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA MTRA. ALBA MARTÍNEZ OLIVÉ, SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA, Y POR LA OTRA PARTE, LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN EL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO "LA AFSEDF", REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL DR. LUIS IGNACIO SÁNCHEZ GÓMEZ, CON LA PARTICIPACIÓN DEL MTRO. JOAQUÍN FRANCISCO GUZMÁN LÓPEZ, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. Que en los términos del artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y del Decreto por el que se crea la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, ésta es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública.

  2. Que "LA AFSEDF" tiene por objeto prestar los servicios de educación inicial, básica -incluyendo la indígena-, especial, así como la normal y demás para la formación de maestros de educación básica en el ámbito del Distrito Federal.

  3. Que "LA SEP", a través de la Subsecretaría de Educación Básica, tiene encomendados diversos Programas sujetos a Reglas de Operación y a otros instrumentos de carácter normativo, a cargo de las Direcciones Generales adscritas a la misma, cuyo propósito consiste en impulsar las políticas públicas de educación en el nivel básico que comprende preescolar, primaria, y secundaria, además de la formación de maestros.

  4. Que con el propósito de promover una mayor calidad en los servicios de educación básica "LA AFSEDF" recibe los recursos públicos federales que le traspasa "LA SEP" para destinarlos a la operación y desarrollo de los Programas sujetos a Reglas de Operación y a otros instrumentos de carácter normativo, en las escuelas de educación básica, así como la normal y demás para la formación de maestros de educación básica en el ámbito de su competencia.

  5. Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece en el artículo 58, que las adecuaciones presupuestarias deben realizarse siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas a cargo de las dependencias y entidades, y comprenderán modificaciones a las estructuras: administrativa, funcional y programática, económica y geográfica; modificaciones a los calendarios de presupuesto, y ampliaciones y reducciones líquidas al Presupuesto de Egresos o a los flujos de efectivo correspondientes.

  6. Que en ese contexto y con la finalidad de que "LA SEP" esté en condiciones de cumplir con sus objetivos, metas y programas institucionales, requiere efectuar el traspaso de recursos del Ramo 11 a "LA AFSEDF", para la operación y desarrollo de los Programas sujetos a Reglas de Operación, y a otros instrumentos de carácter normativo que se llevan a cabo en las escuelas de educación básica, así como la normal y demás, para la formación de maestros de educación básica en el ámbito de su competencia.

    DECLARACIONES

  7. Declara "LA SEP":

    I.1.- Que de conformidad con los artículos 2, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, que tiene a su cargo la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.

    I.2.- Que conforme a los artículos 93, fracción I, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 7, fracciones VI y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, el Oficial Mayor cuenta con las facultades para suscribir el presente Acuerdo.

    I.3.- Que dentro de su presupuesto asignado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, cuenta con la disponibilidad presupuestal para hacer frente a los compromisos que derivan del...

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