Acuerdo por el que se declara al Estado de Tlaxcala como zona libre de garrapata Boophilus spp

Fecha de disposición01 Febrero 2013
Fecha de publicación01 Febrero 2013
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. ENRIQUE MARTINEZ Y MARTINEZ, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 12 y 35 fracciones IV y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 6o. fracciones XXI y LXXI 26, 27 fracción IV, 55, 56 fracción II, 61 y 161 fracción V de la Ley Federal de Sanidad Animal; 1o., 2o. letra "D" fracción VII, 5o. fracción XXII y Octavo Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación vigente; en correlación con el artículo 49 fracciones II, X y XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 10 de julio de 2001, y de conformidad con lo establecido en el artículo 4o. del Acuerdo por el que se establece la Campaña Nacional para el control de la garrapata Boophilus spp., y

CONSIDERANDO

Que es facultad de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a través del Servicio Nacional de Sanidad Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, determinar y declarar zonas libres de enfermedades y plagas que afectan a los animales;

Que el Gobierno Federal representado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en coordinación con el Gobierno Estatal de Tlaxcala, así como con los ganaderos de esa entidad federativa, han desarrollado y ejecutado acciones sanitarias para el diagnóstico, control, erradicación y vigilancia epidemiológica tanto activa como pasiva de garrapata Boophilus spp., mediante el control de la movilización y la inspección del ganado bovino en el Estado;

Que dichas actividades de vigilancia epidemiológica confirman la ausencia del ectoparásito, cuyos resultados obran en los expedientes técnicos elaborados conjuntamente por la Dirección General de Salud Animal y las instancias y organizaciones antes referidas, de conformidad con los objetivos y procedimientos que se encuentran en el Acuerdo por el que se establece la Campaña Nacional para el control de la garrapata...

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