Acuerdo por el cual el titular de la Secretaría de Tesorería y Finanzas del municipio de Corregidora, Qro., delega en el director de Ingresos de dicha dependencia las facultades previstas en los artículos 175 y 179 de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro.

3 de diciembre de 2021 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 53579
GOBIERNO MUNICIPAL
Asunto:
Acuerdo Administrativo
Oficio:
STF/DI/08/2021
Acuerdo:
AA/STF/DF/31/2021
A C U E R D O D E L E G A T O R I O
Acuerdo por el cual la titular de la Secretaría de Tesorería y Finanzas del Municipio de Corregidora,
Querétaro, delega en el Director de Ingresos de dicha dependencia, las facultades previstas en los
artículos 175 y 179 de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro.
LIC. MARTHA LORENA LEAL RUÍZ, Secretaria de Tesorería y Finanzas del Municipio de Corregidora Querétaro,
con las facultades que tengo conferidas en los numerales 48, fracciones II, IV y XXVI, 102, fracción III y 105 de
la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 2, 12, 18, 175 y 179 de la Ley de Hacienda de los Municipios
del Estado de Querétaro; artículos 8, fracción VI y 10, fracción II del Código Fiscal del Estado de Querétaro; 48,
fracción I, numerales 2, 3, 4 y 5 de la Ley de Ingresos del Municipio de Corregidora, Qro., para el Ejercicio Fiscal
2021; 32 y 37, fracciones III y XXV del Reglamento Orgánico Municipal de Corregidora, Querétaro; 5, fracciones
II, XIX, XX y XXII del Reglamento Interno de la Secretaría de Tesorería y Finanzas del Municipio de Corregidora,
Querétaro, y
Considerando
1. Que de conformidad con el artículo 32 del Reglamento Orgánico Municipal de Corregidora, Qro., la Secretaría
de Tesorería y Finanzas es la dependencia encargada de la administración financiera y tributaria de la Hacienda
Pública Municipal;
2. Que la Dirección de Ingresos, adscrita a la Secretaría de Tesorería y Finanzas, es, en términos de lo dispuesto
por los artículos 8 fracción VII del Código Fiscal del Estado de Querétaro y numeral 7 primer párrafo, fracción I
del Reglamento Interno de la Secretaría de Tesorería y Finanzas del Municipio de Corregidora, Querétaro; la
autoridad fiscal encargada de la planeación, dirección y recaudación de impuestos, derechos, productos,
aprovechamientos y contribuciones especiales que por ley correspondan al Municipio;
3. Que en términos del artículo 175 de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro, los
encargados de las finanzas públicas municipales podrán reducir, hasta un cien por ciento, el importe de las multas
impuestas por autoridades municipales.
4. Que de acuerdo con el artículo 179 de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro, los
encargados de las finanzas públicas municipales, podrán reducir hasta un cien por ciento el importe de los
recargos correspondientes a contribuciones no pagadas en tiempo, conforme a los plazos establecidos en las
disposiciones legales aplicables;
5. Que en aras de cumplir dicho objetivo se hace necesario dotar a las unidades administrativas encargadas de
la recaudación de las contribuciones que correspondan al Municipio de Corregidora, de los instrumentos jurídicos
que les permitan cumplir con las facultades previstas en el artículo 32 del Reglamento Orgánico Municipal de
Corregidora, Qro.;

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