Acuerdo por el que se suspende la atención al público el día 4 de octubre de 2019 en la Unidad de Atención a Usuarios BC10 de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros con sede en Morelos, y se considera como día inhábil para efectos de actos y procedimientos sustanciados en dicha Unidad de Atención por existir causa de fuerza mayor.

Fecha de disposición04 Octubre 2019
Fecha de publicación26 Noviembre 2019
EmisorCOMISION NACIONAL PARA LA PROTECCION Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. OSCAR ROSADO JIMÉNEZ, Presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), con fundamento en lo dispuesto por los artículos 59, fracciones I y V de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 28, segundo y tercer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 5, 7, y 26, fracción I de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, y 12, párrafo primero del Estatuto Orgánico de la CONDUSEF, y

CONSIDERANDO

  1. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el principio de seguridad jurídica que deben tener los particulares frente a las actuaciones de la autoridad, por lo que es fundamental brindarles certeza a los procedimientos que en ejercicio de sus atribuciones realiza la CONDUSEF.

  2. Que la CONDUSEF, en su Estatuto Orgánico, cuenta para el desahogo de los procedimientos de protección y defensa a los usuarios de servicios financieros con 35 Unidades de Atención a Usuarios distribuidas en el territorio nacional.

  3. Que de conformidad con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, no se considerarán días hábiles aquéllos en que se suspenden las labores, siempre y cuando se hagan del conocimiento público, mediante acuerdo del titular de la Dependencia respectiva, que se publicará en el Diario Oficial de la Federación, asimismo en el párrafo tercero del citado artículo se establece que los términos podrán suspenderse por causa de fuerza mayor o caso fortuito.

  4. Que mediante memorándum la Vicepresidencia de Unidades de Atención a Usuarios de la CONDUSEF, solicitó que el día 04 de octubre de 2019 se suspendiera la atención al público y los trámites en la Unidad de Atención a Usuarios BC10, con sede en Morelos, a efecto de realizar labores de mantenimiento y limpieza a causa de los hechos de fuerza mayor acontecidos en la Unidad de Atención mencionada.

  5. Que la CONDUSEF, con fundamento en los artículos 5, 11, fracciones I, II y III y 29 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, 4, fracción III, numerales 1 y 2; 6, 39 y Cuarto Transitorio del Estatuto Orgánico de la...

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