Acuerdo suscrito por el Director General del Instituto Queretano del Transporte, mediante el cual delega al Secretario Particular y Coordinador de Áreas Regionales del Instituto Queretano del Transporte, Licenciado David Sánchez Padilla, las facultades de autorizar los refrendos ordinarios y extemporáneos en sus distintas modalidades; autorizar la ampliación de la vida útil de la unidad y/o vehículo para la prestación del servicio público de transporte, así como para aprobar la modificación, autorizar la transmisión, suspender y revocar las concesiones y permisos para la prestación de los servicios de transporte en términos de lo previsto en la Ley, así también se delegan facultades para suscribir toda clase de oficios dirigidos a personas o autoridades, ya sean las primeras físicas o morales y las segundas estatales, municipales o federales.

2 de junio de 2017 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 10039
INSTITUTO QUERETANO DEL TRANSPORTE
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES, A FAVOR DEL SECRETARIO PARTICULAR y
COORDINADOR DE ÁREAS REGIONALES DEL INSTITUTO QUERETANO DEL TRANSPORTE,
LICENCIADO DAVID SÁNCHEZ PADILLA, PARA AUTORIZAR LOS REFRENDOS ORDINARIOS Y
EXTEMPORÁNEOS EN SUS DISTINTAS MODALIDADES, AUTORIZAR LA AMPLIACIÓN DE LA VIDA ÚTIL
DE LA UNIDAD Y/O VEHÍCULO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE, ASÍ
COMO PARA APROBAR LA MODIFICACIÓN, AUTORIZAR LA TRANSMISIÓN, SUSPENDER Y REVOCAR
LAS CONCESIONES Y PERMISOS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE EN
TÉRMINOS DE LOS PREVISTO EN LA LEY, ASÍ TAMBIÉN SE DELEGAN FACULTADES PARA
SUSCRIBIR TODA CLASE DE OFICIOS DIRIGIDOS A PERSONAS O AUTORIDADES, YA SEAN LAS
PRIMERAS FÍSICAS O MORALES Y LAS SEGUNDAS ESTATALES, MUNICIPALES O FEDERALES.
LIC. ALEJANDRO LÓPEZ FRANCO, Director General del Instituto Queretano del Transporte, de conformidad
con lo establecido en los artículos 12 fracción II, 21, 22 fracciones XIII, XV y XVI, 27 sexies fracciones I, II y IV,
36 y 125 de la Ley de Movilidad para el Transporte del Estado de Querétaro; tiene a bien expedir el presente,
en base a los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
1. Entre los principales objetivos de la presente administración pública se encuentra la modernización integral
del sistema de transporte público, garantizando su desarrollo bajo los criterios generales de movilidad,
sustentabilidad, racionalidad, uso adecuado y mayor aprovechamiento de la infraestructura vial, que atienda
fundamentalmente las necesidades de movilidad de la población, de la sustentabilidad, las necesidades de
movilidad de la población, lo anterior en sujeción estricta al marco jurídico aplicable en la materia.
2. En apego a lo ordenado en el artículo 22 de la Ley de Movilidad para el Transport e del Estado de Querétaro,
corresponde al Instituto vigilar que los servicios de transporte público y especializado se presten con apego a la
ley y demás disposiciones legales y administrativas aplicables, lo anterior para alcanzar las metas y objetivos
establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo.
3. E Instituto Queretano del Transporte es Autoridad en esta materia, encontrándose facultada entre otras
cosas, para administrar y supervisar el servicio de transporte, así como para supervisar la prestación de dicho
servicio y vigilar el cumplimiento de las condiciones establecidas en las concesiones y permisos.
4. Para la atención de los asuntos de la Dirección General, cuenta con un Secretario Particular que depende
jerárquicamente de ella, y entre las cuales se encuentra el Secretario Particular y Coordinador de Áreas
Regionales del Instituto Queretano del Transporte, que proporciona servicio en la jurisdicción que abarcan los
Municipios que se encuentran comprendidos en el Estado de Querétaro.
5. El Suscrito tiene entre otras facultades, representar, administrar y conducir el Instituto, así como velar por la
buena marcha de éste y promover las medidas necesarias correspondientes con sujeción a las disposiciones
legales aplicables, de igual manera puede delegar cualquiera de sus atribuciones en otros servidores públicos
del Instituto con nivel de Director o equivalente, por lo cual es jurídicamente válido delegar al Secretario
Particular y Coordinador de Áreas Regionales del Instituto Queretano del Transporte, Licenciado David Sánchez
Padilla, para autorizar los refrendos ordinarios y extemporáneos en sus distintas modalidades; autorizar la
ampliación de la vida útil de la unidad y/o vehículo para la prestación del servicio público de transporte, así
como para aprobar la modificación, autorizar la transmisión, suspender y revocar las concesiones y permisos
para la prestación de los servicios de transporte en términos de lo previsto en la ley, así también se delegan

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