Acuerdo por el que se suprime el Sistema de Datos Personales denominado “Servicio de Recepción de Generadores de Alto Volumen”

SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

ACUERDO POR EL QUE SE SUPRIME EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DENOMINADO "SERVICIO DE RECEPCIÓN DE GENERADORES DE ALTO VOLUMEN" A CARGO DE LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS.

Ing. Edgar Oswaldo Tungüí Rodríguez, Secretario de Obras y Servicios, con fundamento en los artículos 6 punto A fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 15, fracción V, y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; los artículos 2, 5, 6, 7 fracciones I y III y 22 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; artículo 7 fracción V del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; así como los numerales 3 fracción XXI, 6 y 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal:

CONSIDERANDO

  1. Que el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal señala que corresponde a la Secretaría de Obras y Servicios el despacho de las materias relativas a la normatividad de obras públicas y servicios urbanos, así como planear, organizar, normar y controlar la prestación de los servicios públicos de su competencia, así como la planeación y ejecución de obras y servicios públicos de impacto en más de una demarcación territorial o de alta especialidad técnica y las relativas a los programas de remodelación y mejoramiento urbano del Distrito Federal.

  2. Que en cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, corresponde al titular del Ente Público determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en el ámbito de su competencia.

  3. Que el artículo 7, fracción I, de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal establece que cada ente público publicará la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

  4. Que el Sistema de Datos Personales "Servicio de Recepción de Generadores de Alto Volumen", inscrito en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales por la Secretaría de Obras y Servicios, fue considerado preexistente a la entrada en vigor de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, por lo cual en atención al principio de no retroactividad de la Ley, establecido en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no fue...

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