Acuerdo del Subsecretario de Control Penitenciario de la Secretaría de Seguridad del Estado de México, por el que se establecen los lineamientos generales para la operación y funcionamiento del comité técnico instalado en cada uno de los centros penitenciarios y de reinserción social y en la Dirección de Penitenciaría Modelo del Estado de México.

Lunes 26 de julio de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 14
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SEGURIDAD
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo, que dice: Secretaría de Seguridad.
DOCTOR MANUEL PALMA RANGEL, SUBSECRETARIO DE CONTROL PENITENCIARIO, DE LA SECRETARÍA
DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 18 Y
21 PÁRRAFOS NOVENO Y DÉCIMO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS; 14 Y 15 DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL; 78 Y 86 BIS DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 13, 15, 19 FRACCIÓN II Y 21 BIS FRACCIONES II,
VII, XIX, XX Y XXXI DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 1
FRACCIÓN I, 2, 3, 4, 8 FRACCIÓN XIV Y 14 FRACCIÓN V DE LA LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE
MÉXICO, Y 3, 5, 6, 7, 8 FRACCIÓN I, 15 FRACCIONES II, III, X, XX Y XXII Y 17 FRACCIONES II, XI, XII, XV Y XXIV
DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD; Y
CONSIDERANDO
El artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos precisa que el sistema penitenciario se
organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la
educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que
no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley.
La fracción V del artículo 3 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, refiere que el Comité Técnico es el Órgano
Colegiado Consultivo y de Autoridad, en aquellos asuntos que le corresponda resolver del Centro Penitenciario, de
conformidad con las disposiciones aplicables.
El Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 en su Pilar de Seguridad, describe la necesidad de que todas
las Dependencias incrementen sus acciones en el ámbito de su competencia en pro de una cultura libre de drogas y
a favor de la salud, para que así se propicie una mayor efectividad en la aplicación de las políticas relacionadas con
la prevención, el tratamiento, la rehabilitación, la reinserción social y la participación social.
Los artículos 78 y 86 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, establecen que para el
despacho de los asuntos encomendados, el Ejecutivo del Estado cuenta con las Dependencias y los organismos
auxiliares que las disposiciones legales establecen, toda vez que la seguridad pública es una función del Estado a
cargo de la federación, las entidades federativas y los municipios, en sus respectivos ámbitos de competencia, cuyos
fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la
generación y preservación del orden público y la paz social.
La fracción XIX del artículo 21 Bis de Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, establece que
la Secretaría de Seguridad es la Dependencia encargada de planear, formular, conducir, coordinar, ejecutar,
supervisar y evaluar las políticas, programas y acciones en materia de seguridad pública y que le corresponde vigilar
la operación de los procedimientos de administración, seguridad, control, vigilancia y apoyo logístico del sistema
penitenciario.
Con la reforma constitucional de 18 de junio de 2008, en materia de seguridad y justicia, el desarrollo democrático de
nuestra sociedad exige la edificación de instituciones de seguridad e impartición de justicia sólidas y eficientes, lo cual
implicó la transformación del Sistema Penitenciario, de un modelo positivista hacia uno garantista.
La Secretaría de Seguridad ha refrendado su compromiso con la aplicación oportuna de lo estipulado en la reforma
constitucional y la Ley Nacional de Ejecución Penal, a través de la instrumentación de un nuevo modelo penitenciario,
el cual se enfoca en establecer mecanismos para la restitución de las libertades, tras el cumplimiento de una sanción
o medida ejecutada de las personas privadas de la libertad, para lograr la reinserción social y procurar que no
vuelvan a delinquir.
Esta Dependencia, a través de la Subsecretaría de Control Penitenciario, es la unidad administrativa del Poder
Ejecutivo a la que le corresponde la ejecución de las sanciones privativas y medidas restrictivas de libertad, así como

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