Acuerdo. La sexagésima tercera legislatura se adhiere a la petición del congreso de la unión, en relación a efectuar las reformas necesarias al código civil local y leyes aplicables, para que se garantice el derecho al cambio de nombre y a la educación de los registros públicos y de los documentos de identidad.

Fecha de publicación27 Mayo 2019
Número de GacetaEXT
CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA LXIII LEGISLATURA “2019, Conmemoración de los 500 años de mestizaje”

ACUERDO

PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 y 54 fracción LXII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 3, 5 fracción I, 7 y 9 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala; la Sexagésima Tercera Legislatura se adhiere a la petición que hace el Congreso de la Unión a través de la cual insta a los Congresos de las entidades federativas a efectuar las reformas necesarias al Código Civil Local y leyes aplicables, para que se garantice el derecho al cambio de nombre y a la adecuación de los registros públicos y de los documentos de identidad, a través del procedimiento administrativo ante el Registro Civil correspondiente, conforme a la identidad de género auto-percibida y sexo-genéricas de las personas; trabajo legislativo que iniciará este Congreso Local con posterioridad al presente acuerdo

SEGUNDO. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 104 fracciones I y XIII de...

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