Acuerdo del Secretario de Obra Pública del Estado de México, por el que se prorroga el diverso por el que se emiten las medidas preventivas que deben observar las personas físicas o jurídicas colectivas contratistas y concesionarias en la construcción de obra pública y servicios relacionados con la misma de jurisdicción local con motivo del COVID-19, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 30 de marzo de 2020.

ARTÍCULO TERCERO. Por lo que se refiere a los e fectos legales y administrativos, con relación al cómputo de los términos
de las instancias de inconformidad, recursos administrativos, de los actos de control y evaluación, de entrega y recepción de
las unidades administrativas de las dependencias y organismos auxiliares, así como en los a ctos de entrega y recepción de
obra pública y servicios relacionados con la misma, y a los procesos de entrega y recepción de las unidades administrativas
de la Secretaría de la Contraloría y su órgano desconcentrado deno minado Unidad Estatal de Certificación de Confianza,
así como de los órganos internos de control en las dependencias y organismos auxiliares de la Administración Pública del
Estado de México, si el término de realización feneciera en el plazo mencionado en el artículo primero de este acuerdo, este
se recorrerá a partir de las 9:00 horas del día en que las autoridades sanitarias correspondientes determinen la reanudación
de las actividades gubernamentales, garantizando, en todo momento, las medidas de prevención e higiene
correspondientes, para considerar su realización en tiempo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
Dado en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil veinte.
EL SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA
JAVIER VARGAS ZEMPOALTECATL
(RÚBRICA).
SECRETARÍA DE OBRA PÚBLICA
RAFAEL DÍAZ LEAL BARRUETA, SECRETARIO DE OBRA PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO,
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 3, 19, FRACCIÓN XV, 35,
FRACCIONES II, III, V Y XXI DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL
ESTADO DE MÉXICO Y 2, 5, 6, Y 7 FRACCIONES II, IV, XII, XXXIII Y XLI DEL REGLAMENTO
INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE OBRA PÚBLICA Y
CONSIDERANDO
Que el 23 de marzo de 2020, ante la prioritaria atención por la emergencia de sanitaria en el Estado de
México, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Acuerdo del Ejecutivo del Estado por
el que se determinan acciones preventivas con motivo de la epidemia causada por el virus SARS-CoV2
(COVID-19) para el Gobierno del Estado de México”, mediante el cual se configuraron distintas medidas,
en materia de salubridad, para la Administración Pública Estatal, destacando, que en su artículo octavo,
se establece que las Dependencias y Organismos Auxiliares del Ejecutivo Estatal, podrán emitir los actos
jurídicos que, en el ámbito de su competencia y de conformidad con sus facultades, contribuyan al
cumplimiento del Acuerdo de mérito.
Que el 30 de marzo de 2020 se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Acuerdo del
Secretario de Obra Pública del Estado de México, por el que se emiten las Medidas Preventivas que
deben Observar las Personas Físicas o Jurídicas Colectivas Contratistas y Concesionarias en la
Construcción de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma de Jurisdicción Local con motivo del
Covid-19.
Que el 31 de marzo de 2020, el Secretario de Salud de Gobierno Federal, emitió el “Acuerdo por el que se
establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-
CoV2”, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el cual ordena, como medida extraordinaria, la
suspensión inmediata de actividades no esenciales, del 30 de marzo al 30 de abril del 2020.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR