Acuerdo del Secretario de Movilidad por el cual se extiende hasta el treinta de junio de dos mil veintitrés, la ejecución de los diversos acuerdos del Secretario de Movilidad publicados en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el veinticinco de abril de dos mil diecinueve y el trece de agosto de dos mil diecinueve, respectivamente.

Miércoles 21 de diciembre de 2022 Sección Sexta Tomo: CCXIV No. 116
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SECRETARÍA DE MOVILIDAD
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo, que dice: Secretaría de Movilidad.
LUIS GILBERTO LIMÓN CHÁVEZ, Secretario de Movilidad del Gobierno del Estado de México, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 3, 15, 17, 19 fracción XVI, 32 fracciones I, II, V, VIII, XXXI y XLII
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1.1 fracción VI, 1.2, 1.4, 1.8, 1.9, 7.2,
7.3, 7.4 fracción II, 7.5 fracción I incisos a) y c), 7.16, 7.19, 7.20, 7.24, 7.26 fracciones I, IV, VIII, X, XI, XII, XIII y
XXIII, 7.33 fracciones I, 7.35 fracciones XI y XIII y 7.36 fracciones I, II y VII del Código Administrativo del Estado
de México; 1, 2, 4, 12, 13 fracción I incisos a) y c), fracción II incisos a), b) y c), 15, 25 fracciones I, II y III, 29,
32, 33 y 34 del Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México; y 1, 2, 3 fracción
IV, 5, 6 fracciones I, III, VI, VIII, XV y XLIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Movilidad.
CONSIDERANDO
Que el veinticinco de abril de dos mil diecinueve, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el
ACUERDO DEL SECRETARIO DE MOVILIDAD POR EL QUE SE INSTRUYE AL DIRECTOR GENERAL DEL
REGISTRO ESTATAL DE TRANSPORTE PÚBLICO, DAR CONTINUIDAD A LOS TRÁMITES DE
OTORGAMIENTO DE PRÓRROGAS, BAJA Y SUSTITUCIÓN DE VEHÍCULOS, TODOS RELACIONADOS
CON LA REGULARIZACIÓN Y ORDENAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE
PASAJEROS, QUE SOLICITEN PERSONAS DISTINTAS A LOS TITULARES DE LAS CONCESIONES,
SIEMPRE Y CUANDO SE ACREDITE INTERÉS JURÍDICO EN LA REALIZACIÓN DEL ACTO
ADMINISTRATIVO.
Que una vez cumplido lo señalado en el Acuerdo citado en el párrafo anterior, los interesados podrían aspirar a
la transferencia de la titularidad de las concesiones que poseen, por lo que el trece de agosto de dos mil
diecinueve, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el diverso “ACUERDO DEL SECRETARIO
DE MOVILIDAD POR EL QUE SE INSTRUYE AL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO ESTATAL DE
TRANSPORTE PÚBLICO, DAR A CONOCER LA LISTA INICIAL DE POSEEDORES DE CONCESIONES QUE
SEAN CANDIDATOS A LA TRANSFERENCIA DE LA TITULARIDAD DE LOS DERECHOS DERIVADOS DE
LAS MISMAS, SIEMPRE Y CUANDO HAYAN DADO CUMPLIMIENTO AL DIVERSO ACUERDO PUBLICADO
EL 25 DE ABRIL DE 2019, EN RELACIÓN A LA INTEGRACIÓN DEL PADRÓN DE CONCESIONES Y
VEHÍCULOS A QUE SE HACE REFERENCIA EN SU PUNTO CUARTO”.
Que una vez concluida la vigencia de ambos instrumentos jurídicos, el diecinueve de diciembre de dos mil
diecinueve, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el diverso ACUERDO DEL SECRETARIO
DE MOVILIDAD POR EL CUAL SE EXTIENDE HASTA EL QUINCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE, LA
EJECUCIÓN DE LOS DIVERSOS ACUERDOS DEL SECRETARIO DE MOVILIDAD PUBLICADOS EN EL
PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” EL VEINTICINCO DE ABRIL DE DOS MIL D IECINUEVE Y
EL TRECE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECINUEVE, RESPECTIVAMENTE.
Que el veintitrés de marzo de dos mil veinte, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el
ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE DETERMINAN ACCIONES PREVENTIVAS
CON MOTIVO DE LA EPIDEMIA CAUSADA POR EL VIRUS SARS-COV2 (COVID-19) PARA EL GOBIERNO
DEL ESTADO DE MÉXICO, por el que se establecieron acciones para prevenir, detectar y reducir el contagio
de COVID-19, así como garantizar el derecho a la salud, vida y bienestar integral de las familias mexiquenses.

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