Acuerdo del Secretario de Justicia y Derechos Humanos por el que se crean las oficialías número siete y ocho del registro civil en el municipio de Atlacomulco, México.

Miércoles 30 de noviembre de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIV No. 101
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Al margen Escudo del Estado de México.
DOCTOR RODRIGO ESPELETA ALADRO, SECRETARIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL
ARTÍCULO 38 TER FRACCIÓN XXIV, DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL
ESTADO DE MÉXICO, Y
CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, establece como prioridad el fortalecimiento de las
instituciones y sus capacidades para responder de manera eficaz a las demandas de la sociedad.
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México establece que la Secretaría de Justicia
y Derechos Humanos es la Dependencia encargada de diseñar y coordinar la política jurídica y de acceso a la
justicia del Poder Ejecutivo, y de organizar, dirigir y vigilar el ejercicio de las funciones del Registro Civil.
Que el Registro Civil es la institución de carácter público y de interés social, mediante la cual el Estado, a través
de su titular y sus oficialías investidas de fe pública, inscribe, registra, autoriza, certifica, da publicidad y
solemnidad a los actos y hechos relativos al estado civil de las personas y expide las actas relativas al
nacimiento, reconocimiento de hijos, adopción, matrimonio, divorcio y defunción, asimismo, inscribe las
resoluciones que la Ley autoriza, en la forma y términos previstos por las normas jurídicas aplicables; brindando
con ello a la sociedad mexiquense certeza jurídica a sus actos y hechos relativos a su estado civil y hacerlos
constar de una manera auténtica, a través de un sistema organizado de forma física y digital.
Que para cumplir con la obligación del Estado de otorgar certeza e identidad jurídica a los mexicanos, a través
de la inscripción de los diferentes actos y hechos del estado civil, es necesaria la creación de oficialías del
Registro Civil.
Que para la simplificación administrativa y como parte fundamental del Programa de Modernización Integral de
la Institución Registral Civil, también es necesario crear oficialías con el pr opósito de ampliar la cobertura,
acercar el servicio, evitar desplazamientos y demoras a los usuarios que requieran de la asistencia registral
para tramitar los diferentes actos o hechos del estado civil.
Que mediante el oficio número PM/215/06/2022 de 06 de junio de 2022, la Presidenta Municipal de
Atlacomulco, México, en uso de las facultades que la ley le confiere, previa aprobación en la IV Sesión
Ordinaria de Cabildo de 21 de enero de 2022, solicitó la creación de la Séptima y Octava Oficialías del Registro
Civil en la comunidad de San Francisco Chalchihuapan y en la colonia Bongoni, respectivamente, por lo que
remitió las carpetas para la delimitación y extensión territorial que determinará su competencia, el cálculo de la
población a beneficiar, la ubicación de las demás oficialías para determinar la viabilidad de la creación de dos
nuevas Oficialías, las vías de acceso, la propuesta para su ubicación así como las comunidades a beneficiar.
En el mismo oficio, asumió la responsabilidad del H. Ayuntamiento de proporcionar los recursos materiales y
humanos necesarios para el debido funcionamiento de las Oficialías.
Que, en atención a la demanda del servicio, el H. Ayuntamiento de Atlacomulco, en coordinación con el
Gobierno del Estado de México a través de la Dirección General del Registro Civil, han cumplido con los
requisitos necesarios para la creación de una Séptima y Octava Oficialía del Registro Civil en dicho municipio.
En mérito de lo expuesto, se expide el siguiente:

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