Acuerdo del Secretario de Justicia y Derechos Humanos por el que se emiten los lineamientos de acción por el COVID-19 para las personas titulares de notarías del Estado de México.

El personal que d urante el periodo establecido, acuda a l aborar a los centros de trabajo, e stará obligado a registrar
su asistencia mediante listas.
Las Direcciones Generales o equivalentes, informarán de manera inmediata a la Sec retaría de Seguridad, los casos
de infección por el coronavirus COVID-19 que se puedan producir entre sus respectivos integrantes, así como del
personal sometido a cuarentena o medidas de aislamiento, sin perjuicio de las comunicaciones que en otros ámbitos
territoriales o competenciales se puedan producir.
La Unidad de Asuntos Jurídicos e Ig ualdad de Género permanecerá atenta de la publicación de disposiciones
extraordinarias que suspendan el cómputo de plazos ante trá mites o procedimientos contenciosos en los que la
Secretaría sea parte, para tomar las medidas que hubiera lugar.
La Unidad de Vinculación, Comunicación Social y Relaciones Públicas, deberá monitorear permanentemente redes
sociales y medios digitales de comunicación para detectar o identificar situaciones que pueden constituir riesgos
para la población, en el ámbito de competencia de la Secretaría, en coordinación con otras autoridades.
La Oficialía Mayor proveerá de todos los recursos materiales y financieros para asegurar la op eración de la
Secretaría de Seguridad.
12. Consignas generales.
Se adoptarán medidas inmediatas para una campaña de limpieza en las áreas de trabajo y para la amplia difusión
de las medidas preventivas.
Se separará de las instalaciones al personal que presente síntomas de alto riesgo (enfermedades cardiovasculares,
diabetes, gripe, hipertensión, etc.) así como a las mujeres embarazadas.
Todas las instalaciones físicas de la Secretaría de Seguridad deberán elaborar bitácora de acceso a las
instalaciones de personal interno, así como visitantes externos, incluidos proveedores de servicios , a fin de contar
con los datos generales, en caso de que se detecte alguna persona con posible contagio.
SECRETARÍA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
LICENCIADO RODRIGO ESPELETA ALADRO, SECRETARIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, 3, 15, 19, FRACCIÓN XVIII, 38 TER DE LA LEY ORGÁNICA
DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 2, 30 Y 144 DE LA LEY DEL NOTARIADO
DEL ESTADO DE MÉXICO, Y
CONSIDERANDO
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México establece que la Secretaría de Justicia
y Derechos Humanos es la dependencia encargada de diseñar y coordinar la política jurídica y de acceso a la
justicia del Poder Ejecutivo, de planear, programar, dirigir, resolver, controlar y evaluar, entre otras, las
funciones del notariado, lo que implica el establecimiento de lineamientos y criterios técnico jurídicos para la
aplicación y supervisión del cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia notarial.
Que la función notarial es pilar de la estabilidad y la paz social en la entidad, garantizando el adecuado
desempeño y seguridad jurídica en el ejercicio de dicha actividad autenticadora al servicio de la sociedad,
realizada por quien es profesional del derecho y ha recibido del Gobernador del Estado nombramiento para
ejercer las funciones propias del notariado, investido de fe pública y que tiene a su cargo, en los casos en que
no estén encomendadas expresa y exclusivamente a las autoridades, funciones de orden público que se le
solicite, destacando los relativos a dar formalidad a los actos jurídicos y dar fe de los hechos que les consten.
Que derivado del reciente brote del virus COVID-19, y partiendo de las mejores prácticas en la materia,
especialmente las derivadas de recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, así como del
Gobierno Federal y Estatal en materia de sana distancia, resulta necesario que la Secretaría de Justicia y
Derechos Humanos adopte medidas preventivas de riesgos laborales, promueva y vigile su cumplimiento en los
centros de trabajo, así como de protección al público en general.

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