Acuerdo del Secretario de Finanzas por el que se dan a conocer los tabuladores de sueldos de los servidores públicos del sector central del Poder Ejecutivo para el año 2016

Página 2 5 de septiembre de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
LICENCIADO EN ECONOMÍA JOAQUÍN CASTILLO TORRES, SECRETARIO DE FINANZAS DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIERE EL
ARTÍCULO 6 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y CON FUNDAMENTO
EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 289 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y
MUNICIPIOS, 23 Y 24 FRACCIONES XXXIII Y LXIV DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; Y
C ON S I DE R AN DO
Que el Gobierno Estatal fortalecerá la asignación de recursos al gasto de inversión sin comprometer el equilibrio
presupuestal, a partir del establecimiento de acciones y medidas de contención del gasto operativo y de la
aplicación estricta de las disposiciones de racionalidad y austeridad, para apoyar el cumplimiento de las metas y
los objetivos establecidos.
Que mediante Decreto número 233 de la “LVI” Legislatura del Estado de México, publicado en el Periódico
Oficial “Gaceta del Gobierno” el 18 de diciembre de 2008, se reformaron, adicionaron y derogaron diversas
disposiciones del Código Financiero del Estado de México y Municipios, a fin de establecer, entre otras
determinaciones, la obligación de publicar en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” las remuneraciones que
recibirán los servidores públicos por el desempeño de su empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza, de
conformidad con los presupuestos anuales correspondientes.
Que con el propósito de dar cumplimiento a la obligación establecida en el Código referido, es necesario que los
tabuladores de sueldos de los servidores públicos de mandos superiores, mandos medios de estructura, de
enlace y apoyo técnico, generales y de confianza y del magisterio estatal, que regirán durante 2016, sean
publicados en el órgano de difusión oficial del Gobierno del Estado.
Que la publicación de los tabuladores de sueldos permitirá dar certidumbre acerca de las remuneraciones que
reciben los servidores públicos de la Administración Pública Central, evitando la asignación de aquellas que no
hayan sido aprobadas o incluidas en el presupuesto correspondiente; asimismo, fortalecerá los mecanismos de
transparencia para que los ciudadanos conozcan las percepciones fijas de dichos servidores públicos, de
conformidad con su puesto, nivel y rango salarial.
En mérito de lo anterior, se expide el siguiente:
ACUERDO DEL SECRETARIO DE FINANZAS POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS TABULADORES
DE SUELDOS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL SECTOR CENTRAL DEL PODER EJECUTIVO PARA
EL AÑO 2016.
ÚNICO.- Los tabuladores de sueldos de los servidores públicos de mandos superiores, mandos medios de
estructura, de enlace y apoyo técnico, y generales y de confianza del sector central del Poder Ejecutivo Estatal,
así como del magisterio estatal, que regirán durante 2016, son los siguientes:

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