Acuerdo del Secretario de Educación del Gobierno del Estado de México por el que se crea el Consejo Consultivo para la Revisión de Contenidos Educativos en Materia de Igualdad de Género para Educación Básica y Media Superior del Sistema Educativo Estatal.

Martes 5 de julio de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIV No. 3
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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Al margen Escudo del Estado de México.
GERARDO MONROY SERRANO, SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO,
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, 3, 15, 19 FRACCIÓN VI, 29 Y 30 FRACCIONES I Y II DE LA LEY
ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 20 Y 27 FRACCIÓN IX DE LA LEY
DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO, Y 6 FRACCIÓN X DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, Y
C O N S I D E R A N D O
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 establece como uno de sus ejes transversales la igualdad
de género, que se refiere a la construcción de una sociedad igualitaria y justa, refrenda el compromiso del Gobierno
Estatal en defensa de los derechos de las mujeres. Asimismo, señala que la presente administración será la principal
promotora de políticas con perspectiva de género, de la igualdad y la equidad en todos los ámbitos de la vida pública
y privada del Estado.
Que promover la igualdad de género es un asunto prioritario para el Gobierno del Estado de México, por lo cual la
Secretaría de Educación incorpora como un componente de las políticas públicas orientadas a resolverlo, contenidos
curriculares articulados con planes y programas de estudio de educación básica y media superior.
Que de conformidad con el artículo 23 de la Ley General de Educación, la Secretaría de Educación Pública
determinará los planes y programas de estudio, aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana, para lo cual
se considerará la opinión de los gobiernos de los Estados, de la Ciudad de México y de diversos actores sociales
involucrados en la educación, así como el contenido de los proyectos y programas educativos que contemplen las
realidades y contextos, regionales y locales.
Que la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México establece en su
artículo 34 que, para lograr la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito educativo, las
autoridades estatales deberán, entre otras acciones, integrar el principio de igualdad de trato y oportunidades en los
programas y políticas educativas, eliminando los estereotipos que produzcan desigualdad.
Que el Acuerdo número 12/10/17 publicado el 12 de octubre de 2017 en el Diario Oficial de la Federación por la
Secretaría de Educación Pública, por el que se establece el Plan y los Programas de Estudio para la Educación
Básica: Aprendizajes Clave para la Educación integral, otorga a las escuelas autonomía curricular con lo cual podrán
adaptar los contenidos educativos a las necesidades de sus estudiantes; en esa virtud, la autonomía curricular ofrece
la posibilidad de complementar el currículo obligatorio.
Que el Acuerdo número 11/05/18 por el que se emiten los Lineamientos para el Desarrollo y el Ejercicio de la
Autonomía Curricular en las Escuelas de Educación Básica del Sistema Educativo Nacional, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 7 de junio de 2018, establece en el artículo tercero, inciso b), que corresponde a las
autoridades educativas locales y a la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, dar seguimiento y
acompañamiento al desarrollo y al ejercicio de la autonomía curricular en las escuelas de educación básica.
Que de conformidad con el Acuerdo por el que se Establecen las Estructuras Curriculares de los Planes de Estudios
de Bachillerato General y Bachillerato Tecnológico que se imparten en las Escuelas Preparatorias Oficiales, Centros
de Bachillerato Tecnológico y Planteles Particulares de Tipo Medio Superior, incorporados a la Secretaría de
Educación del Gobierno del Estado de México publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 9 de agosto
de 2018, para educación media superior se incorporan actividades paraescolares y talleres de índole artística,
cultural, física, deportiva, recreativa o de salud integral del adolescente, entre otras, que determine la Autoridad
Educativa Estatal y que tienen como objetivo contribuir a la formación integral de los estudiantes.

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