Acuerdo del Secretario de Desarrollo Agropecuario por el que se emiten las modificaciones a los Lineamientos y manuales de operación del Fondo Mixto de Inversión Rural del Estado de México (FOMIMEX).

8 de febrero de 2019 Página 151
beneficiarios. Asimismo, se realizan verificaciones aleatorias en campo de los apoyos otorgados y sobre la aplicación de los Lineamientos y
Manual de Operación del Programa por parte del personal de las Delegaciones Regionales.
14. AUDITORIA, CONTROL Y VIGILANCIA
La auditoría, control y vigilancia del Componente estarán a cargo del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, la Secretaría
de la Contraloría del Gobierno del Estado de México y el órgano de Control Interno de la SEDAGRO.
XII. QUEJAS Y DENUNCIAS
Las inconformidades, quejas o denuncias respecto a la operación y entrega de apoyos del programa, podrán ser presentadas por Las y Los
Beneficiarios o por la población en general, a través de las siguientes vías:
a) De manera escrita: para su entrega en las oficinas de la Contraloría Interna de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario en Conjunto
SEDAGRO S/N, Rancho San Lorenzo Metepec, México, C.P. 52140.
b) Vía telefónica: En la Coordinación de Estudios y Proyectos Especiales o el Fondo Mixto de Inversión Rural del Estado de México,
Teléfonos de oficinas centrales de SEDAGRO (722) 2 75 64 15, Ext. 5700, 5725, 5565, 5748; o a la Contraloría Interna de esta
Secretaría Ext. 5536, 5537 y 5538 y a la Secretaría de la Contraloría 01 800 711 58 78 y 01 800 720 02 02.
c) Vía Internet: En el correo electrónico: sedagrocepe@edomex.gob.mx y en la página: www.secogem.gob.mx/SAM.
d) Personalmente: En las oficinas del Órgano Interno de Control de la Secretaria de Desarrollo Agropecuario, en Conjunto SEDAGRO
S/N, Rancho San Lorenzo Metepec, México, C.P. 52140.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO.- Los presentes Lineamientos y Manuales de Operación entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico
Oficial “Gaceta del Gobierno” y estarán vigentes hasta en tanto no se emitan modificaciones a las mismas o concluya el programa.
TERCERO.- Las etapas y entregas de los apoyos del presente programa, se determinarán conforme a la disponibilidad presupuestal.
CUARTO.- Los presentes Lineamientos y Manuales de Operación se publicarán en su totalidad para su mejor comprensión.
QUINTO.- Todo lo no previsto en las presentes reglas será resuelto por la Instancia Normativa.
Dado en Conjunto SEDAGRO S/N, Rancho San Lorenzo, Metepec, Estado de México, a los 31 días del mes de enero de 2019.
Mtro. Darío Zacarías Capuchino
Secretario de Desarrollo Agropecuario
del Gobierno del Estado de México
(Rúbrica).
El presente documento, se fundamenta en las Reglas de Operación del Programa de Acciones para el Desarrollo, publicadas el día 6 de mayo de 2014 en la
Gaceta del Gobierno No. 81, en el apartado VI. Lineamientos Genera les, párrafo 22, el cual establece: “ Con la finalidad de asegurar la aplicación eficiente,
oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, de los programas sociales sujetos a los lineamientos con cargo a recursos del Programa de
Acciones para el Desarrollo, las Dependencias y Unidades Ejecutoras, deberán publicar dentr o de los 30 días hábiles posteriores a la publicación del Decreto
de Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal que corresponda los lineamientos y/o manuales según sea el caso y enviar una copia de la publicación en la
Gaceta del Gobierno a la Dirección General de Inversión de la Secretaría de Finanzas”.
MTRO. DARÍO ZACARÍAS CAPUCHINO, SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO DEL ESTADO DE MÉXICO, CON
FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN III, VIII, XII Y XIX Y 8 FRACCIONES III, IV, VIII, XIII Y XV DEL REGLAMENTO
INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO Y
CONSIDERANDO
Que a nivel mundial siguen existiendo grandes brechas entre regiones y países por el progreso desigual, y que a pesar de que la tasa de
pobreza mundial se ha reducido a la mitad, sigue siendo necesario intensificar esfuerzos destinados a aumentar los ingresos, aliviar el
sufrimiento e incrementar la resiliencia de las personas que aún viven en la pobreza extrema.
Que por parte de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), se implementó la Agenda 2030, en la cual, mediante el compromiso
adquirido el 25 de septiembre de 2015 por los líderes mundiales, se adoptaron 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible para erradicar la
pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad para todos.
Que la ONU establece la necesidad de contar con un sólido marco para el consumo y la producción sostenibles, integrado en los planes
nacionales y sectoriales, en las prácticas comerciales sostenibles y en el comportamiento de los consumidores, precisando respetar las
normas internacionales sobre la gestión de los productos químicos y desechos peligrosos.
Que en el Sector Agropecuario en México del total de la superficie agrícola en el 58% predomina la producción de 6 cultivos, maíz grano
blanco, sorgo grano, frijol, café, caña de azúcar y trigo grano.
Página 152 8 de febrero de 2019
Que el conjunto de terrenos con actividad de siembra, incluyendo los que en los últimos 5 años fueron cultivados y están hoy en descanso,
se denomina Frontera Agrícola y actualmente el SIAP la cuantifica en 24.6 millones de hectáreas, equivalentes al territorio completo de la
Gran Bretaña, y de las cuales se cultivaron 21.9 millones en 2016.
Que, de 194 países en el mundo, México está posicionado en el 12o lugar como productor de alimentos y el tercero en América Latina, lo
cual habla del gran potencial agroalimentario que tiene nuestro país.
Que hoy día en México 25 millones de personas viven en el sector rural, donde 7 millones de hombres y mujeres se dedican a las
actividades primarias; cuya labor ha logrado que “la balanza comercial agropecuaria y agroindustrial reporte, al cierre de 2016, un superávit
de 4,199 millones de dólares, el mayor saldo positivo en 21 años, derivado de 19,470 mdd de exportaciones y 15,270 mdd de
importaciones.
Que, dentro de este contexto, en el Estado de México, entre 2010 y 2016 las superficies sembradas y cosechadas disminuyeron de 908.8 y
882.2 miles de hectáreas a 784.3 y 780.2 miles, respectivamente. La mayor parte de la superficie sembrada representa el 75.6 por ciento y
es destinada al cultivo de cereales, 67.1 por ciento del total a maíz, 5.9 por ciento a cebada y avena y 14.9 por ciento a forrajes. Y de
acuerdo con el Instituto de Información e Investigación Geográfica, Estadística y Catastral del Estado de México (IGECEM) de 2016 a 2017,
en promedio se sembraron aproximadamente 861 mil hectáreas, de las cuales 82 por ciento corresponde a cultivos de temporal y 18 por
ciento a cultivos de riego.
Que el cambio de las superficies implicó una reducción de la producción obtenida para los principales cultivos estatales, en lo que también
incidió la baja productividad física. En el caso del maíz, en 2016 el promedio estatal fue 4.39 toneladas/hectárea; mientras el rendimiento en
la cebada fue 1.84 en el Estado de México y 2.97 nacional; en avena forrajera 19.45 y 15.26, respectivamente. En buena medida, ello se
debe a las características del suelo, muchas regiones no son aptas para la producción de granos y oleaginosas, así como a la
fragmentación de la tenencia de la tierra, que no se ha compensado con una organización adecuada para la producción. Adicionalmente, la
población mexiquense tiene importantes ventajas competitivas en la producción de varios bienes agrícolas, como la de flores.
Que por ello la política social del Gobierno del Estado de México, se enfoca a contribuir a la seguridad alimentaria en las comunidades
rurales, así como a la generación de excedentes que posibilite a las familias obtener ingresos adicionales, es necesaria la implementación
de proyectos productivos integrales para la producción de alimentos. Mediante apoyos de capacitación y asesoría técnica, así como de
infraestructura y equipo para su desarrollo, mejorar las condiciones de vida familiar y de la comunidad, asegurando, por un lado, una
alimentación sana y variada, y por el otro, permitir un ingreso adicional mediante la venta del excedente logrado.
Que además de atender las necesidades básicas de alimentación, el desarrollo productivo de la población del medio rural considera
primordial la generación de empleos y el desarrollo de actividades que coadyuven a mejorar las condiciones de la comunidad. Por ello,
fomentar proyectos productivos rurales incentiva la generación de empleos en las comunidades, y mejora los ingresos familiares, arraiga a
la población a su lugar de origen y disminuye la emigración a las zonas urbanas en busca de mejores oportunidades
Que la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, está encargada de promover y regular el desarrollo agrícola, ganadero, acuícola e hidráulico
y el establecimiento de la agroindustria; coadyuvar en la atención de los problemas agrarios y rurales en el Estado; establecer estrategias y
canalizar recursos que mejoren el nivel de vida de las familias en situación de pobreza multidimensional o alimentaria.
Que la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, en el ámbito de su competencia y principalmente con el propósito de contribuir en la
disminución de la condición de pobreza multidimensional en su dimensión alimentaria o vulnerabilidad, de la población de la entidad, se
alinea prioritariamente a los siguientes ODS: fin de la pobreza, hambre cero, energía asequible y no contaminante, trabajo decente y
crecimiento económico, ciudades y comunidades sostenibles, producción y consumo responsables.
Que el sector agropecuario del Estado de México requiere destinar recursos para apoyar a las personas que realizan acciones de
producción agrícola, pecuaria y acuícola, para reactivar y/o modernizar sus actividades productivas, con la finalidad de incrementar los
índices de producción y productividad por unidad de superficie e impulsar el desarrollo tecnológico en la agricultura mexiquense.
Que mediante oficio número 233E1A000/RESOL-063/2019 de fecha 05 de febrero de 2019, la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria, con
fundamento en lo dispuesto por la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios y su Reglamento, emitió el dictamen
respectivo a las presentes Lineamientos; por lo que atento a lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO DEL SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO POR EL QUE SE EMITEN LAS MODIFICACIONES A LOS
LINEAMIENTOS Y MANUALES DE OPERACIÓN DEL FONDO MIXTO DE INVERSIÓN RURAL DEL ESTADO DE MÉXICO (FOMIMEX)
I. PROBLEMÁTICA A ATENDER
El Estado de México tiene una superficie de casi 2 millones 235 mil hectáreas, equivalentes al 1.14% del territorio nacional, cuenta con una
población de 16.8 millones de habitantes de la cual el 12.1% viven en localidades rurales, donde las actividades del sector agropecuario y
forestal representan su principal sustento y ocupan el 89% del territorio total de la entidad, con 7 millones de personas que conforman la
población económicamente activa, poco más de 325 mil es decir el 5% se emplea en el sector agropecuario.
Tomando en cuenta que el cambio climático es el mayor desafío ambiental global que enfrenta la humanidad y las instituciones públicas y
privadas, el Gobierno del Estado de México a través de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, implementa estrategias y políticas
públicas orientadas a mitigar los daños ocasionados por los fenómenos meteorológicos, son lo cual se contribuye al desarrollo del campo
mexiquense, mediante la implementación de componentes dirigidos a canalizar mayores recursos al aseguramiento agropecuario, con el
propósito de mitigar el impacto económico provocado por la afectación o pérdida de sus cultivos o ganado, que afectan sensiblemente a la
producción agropecuaria.
I.I. DEFINICIÓN DE LOS COMPONENTES
Seguro Agrícola Catastrófico: Tiene como propósito apoyar a las productoras/es agrícolas de bajos ingresos mediante el
aseguramiento de cultivos; además de reducir el costo del pago de las primas en la contratación de seguros agrícolas, se impulsa el
desarrollo y consolidación de la cultura de aseguramiento y protección de cultivos y cosechas, ante los riesgos que enfrenta su actividad
(maíz y trigo hasta 20 hectáreas de temporal y riego).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR