Acuerdo del Secretario de Desarrollo Agropecuario por el que se emiten los Lineamientos y manuales de operación del Programa de Desarrollo Social Comercialización Agropecuaria Mexiquense.

Página 120 8 de febrero de 2019
SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO
MTRO. DARÍO ZACARÍAS CAPUCHINO, SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO DEL ESTADO DE MÉXICO, CON
FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS ARTÍCULOS 6 FRACCIÓN III, VIII, XII Y XIX Y 8 FRACCIONES III, IV, VIII, XIII Y XV DEL
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO;
ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 2, 3 FRACCIÓN XI, 5, 6, 10, 11, 12, 17 FRACCIÓN IV Y 18 DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL
ESTADO DE MÉXICO; 6 FRACCIONES IV, VIII, XI, 8 FRACCIONES III, IV, 19 20, 21 Y 26 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE
DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO, Y
CONSIDERANDO
Que a nivel mundial siguen existiendo grandes brechas entre regiones y países por el progreso desigual, y que a pesar de que la tasa de
pobreza mundial se ha reducido a la mitad, sigue siend o necesario intensificar esfuerzos destinados a aumentar los in gresos, aliviar el
sufrimiento e incrementar la resiliencia de las personas que aún viven en la pobreza extrema.
Que se implementó la Agenda para el Desarrollo Sostenible 2030 por la ONU, que mediante el compromiso adquirido el 25 de septiembre
de 2015 por los líderes mundiales, se adoptaron 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible para erradicar la pobreza, proteger el planeta y
asegurar la prosperidad para todos.
Que la ONU establece la necesidad de contar con un sólido marco para el consumo y la producción sostenibles, integrado en los planes
nacionales y sectoriales, en las prácticas comerciales sostenibles y en el comportamiento de los consumidores, precisando respetar las
normas internacionales sobre la gestión de los productos químicos y desechos peligrosos.
Que con base en la Encuesta Nacional Agropecuaria 2017, únicamente el 9.9% de las unidades de producción obtuvieron crédito o
préstamo. La mayor parte se destinó a la compra de materia prima y solo el 6.2% a la compra de maquinaria y equipo.
Que la política social del Gobierno del Estado de México, tiene como propósito procurar una mejor calidad de vida de las familias
mexiquenses de manera integral, enfocada a contribuir y proporcionar una adecuada alimentación y nutrición.
Que la Secretaria de Desarrollo Agropecuario es la dependencia encargada de planear, promover, coordinar, supervisar y regular el
desarrollo de la agricultura, pecuaria, acuacultura, apicultura, el agave, pesquero e hidráulico y el establecimiento de agroindustrias, así
como coadyuvar en la atención y solución de los problemas agrarios en el Estado.
Que el sector agropecuario del Estado de México, requiere destinar recursos para apoyar a las personas con la finalidad de promover y
fomentar la comercialización de productos agropecuarios y agroindustriales en los mercados estatal, nacional e internacional.
Que mediante oficio número 233E1A000/RESOL-061/2019 de fecha 05 de febrero de 2019, la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria, con
fundamento en lo dispuesto por la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios y su Reglamento, emitió el dictamen
respectivo a los presentes lineamientos; por lo que atento a lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO DEL SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS Y MANUALES
DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL COMERCIALIZACIÓN AGROPECUARIA MEXIQUENSE
1. PROBLEMÁTICA A ATENDER
La comercialización de bienes agropecuarios juega un papel fundamental, pues la cadena del valor de dichos productos se diferencia del
resto de los sectores y lo hacen más vulnerable; el sector agropecuario en el Estado de México, se encuentra formado principalmente por
pequeñas y medianas empresas, escasamente integradas, con fuertes implicaciones no sólo económicas, sino también sociales y
medioambientales, por lo anterior, es común que las y los productores del Estado de México, vendan sus productos, a través de
intermediarios, como canal de comercialización primario, lo cual ha implicado que el mayor porcentaje de la utilidad por la venta de estos
productos quede en manos del intermediario, llegando en ocasiones hasta el 80% del valor final de los productos. El desconocimiento del
mercado por parte de las y los productores ocasiona que ignoren las características de la demanda real de su producto, competidores/as y
clientes potenciales para comercializaciones directas.
En este sentido la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, a través de la Dirección General de Comercialización Agropecuaria, con el
programa Comercialización Agropecuaria Mexiquense, crea el componente Modernización para la Comercialización, mediante el cual se
busca detonar económicamente la actividad de las y los productores agropecuarios del Estado de México, fortaleciendo y consolidando los
procesos de comercialización, buscando mejorar la competitividad en las actividades agropecuarias, agroindustriales y acuícolas del
Estado, brindando las herramientas necesarias para lograr que la comunidad productora obtenga mejores ingresos por sus actividades y
eliminando a los compradores intermedios.
2. GLOSARIO DE TÉRMINOS
Para efectos de los presentes lineamientos, se entiende por:
Beneficiario/a: A la persona física, moral, organización o institución, que se dedica a las actividades agropecuarias y que es atendida por el
programa.
Componente: Al componente Modernización para la Comercialización.
Consumidor: A la persona u organización que demanda bienes y/o servicios.
CURP: A la Clave Única de Registro de Población, documento expedido por la Secretaría de Gobernación.
FIDAGRO: Al Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario del Estado de México.

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