Acuerdo del Secretario de la Contraloría por el que se prorroga la suspensión de los plazos y términos señalados en el diverso por el que se emiten las acciones que llevarán a cabo sus unidades administrativas y su órgano desconcentrado, así como los órganos internos de control en las dependencias y organismos auxiliares del ejecutivo del estado, con motivo del COVID-19, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 23 de marzo de 2020.

Económicas, Sociales, Gubernamentales y Educativas con motiv o de la enfermedad por el virus (COVID-19), en el Estado
de México”, por el que se configura un plan de regreso estatal, construido bajo un esquema seguro, gradual y ordenado.
Que en congruencia con lo anterior, el 29 de mayo de 2020, con el fin de garantizar un regreso seguro a las actividades del
Estado de México, que anteponga la salud y bienestar de las y los mexiquenses, el Gobernador Constitucional del Estado
Libre y Soberano de México, emitió el “Acuerdo del Ejecutivo del Estado que prorroga el diverso por el que se determinan
acciones preventivas con motivo de la epidemia causada por el Virus SARS-CoV2 (COVID-19) para el Gobierno del Estado
de México, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno el 23 de marzo de 2020"; por el que se configura la
vigencia del mismo hasta que las autoridades sanitarias correspondientes determinen la reanudación de las actividades
gubernamentales, garantizando, en todo momento, las medidas de prevención e higiene correspondientes.
Que, en cumplimiento con la ampliación de vigencia de las acciones emitidas por el Ejecutivo del E stado, con motivo de la
epidemia causada por el Virus SARS-CoV2 (COVID-19) y sin olvidar la importancia de seguir previendo acciones para
mitigar la dispersión y transmisión del virus (CODIV-19), es necesario modificar las acciones emitidas por la Secretaría, a fin
de garantizar la salud de los mexiquenses; por lo que se expide el siguiente:
ACUERDO DE LA SECRETARIA DE TURISMO POR EL QUE SE PRORROGA EL DIVERSO POR EL QUE SE EMITEN
LAS ACCIONES QUE LLEVARN A CABO LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y LOS RGANOS
DESCENTRALIZADOS SECTORIZADOS DE LA SECRETARA DE TURISMO CON MOTIVO DEL C OVID-19,
PUBLICADO EN EL PERIDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” EL 24 DE MARZO DE 2020.
ARTCULO NICO. Se amplían los periodos establecidos en el “ACUERDO DE LA SECRETARIA DE TURISMO POR EL
QUE SE EMITEN LAS ACCIONES QUE LLEVARN A CABO LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS, RGANOS
DESCENTRALIZADOS SECTORIZADOS DE LA SECRETARA CON MOTIVO DEL C OVID-19” y se prorroga la vigencia
del mismo hasta que las autoridades sanitarias correspondientes determinen la reanudación de las actividades
gubernamentales, garantizando, en todo momento, las medidas de prevención e higiene correspondientes.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
Dado en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil veinte.
MTRA. EVELYN OSORNIO JIMÉNEZ
SECRETARIA DE TURISMO
(RÚBRICA).
SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA
JAVIER VARGAS ZEMPOALTECATL, SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 3, 15, 19 FRACCIÓN XIV Y 38 BIS DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; EN EJ ERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE ME
CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 3, 9 y 10 FR ACCIONES I, XV Y XXI, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA, Y
CONSIDERANDO
Que el 23 de marzo de 2020, ante la prioritaria atención por la emergencia sanitaria en el Estado de México, se publicó en el
Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se determinan acciones preventivas
con motivo de la epidemia causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) para el Gobierno del Estado de México”, mediante
el cual se configuraron distintas medidas, en materia de salubridad, para la Administración Pública Estatal, destacando, que
en su artículo octavo, se establece que las Dependencias y Organismos Auxiliares del Ejecutivo Estatal, podrán emitir los
actos jurídicos que, en el ámbito de su competencia y de conformidad con sus facultades, contribuyan al cumplimiento del
Acuerdo de mérito.

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