Acuerdo por el que el Secretario de la Contraloría del Gobierno del Estado de México expide los lineamientos para el registro de empresas y/o personas físicas objetadas y sancionadas y el registro del procedimiento administrativo sancionador

8 de marzo de 2016 Página 23
SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA
ALEJANDRO GERMÁN HINOJOSA VELASCO, SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA DEL GOBIERNO
DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE ME CONFIEREN LOS
ARTÍCULOS 129 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; Y
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 3, 15, 17, 19 FRACCIÓN XIV Y 38 BIS FRACCIONES I, III, VIII Y
XXIV DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 9 Y 10
FRACCIONES I, VI Y XXI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA; Y
C O N S I D E R A N D O
Que el artículo 129 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México dispone que los recursos
económicos del Estado se administrarán con eficiencia, eficacia y honradez, y que las adquisiciones,
arrendamientos, enajenaciones, contratación de servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma,
se realizarán bajo las mejores condiciones para el Estado, en cuanto a precio, calidad, financiamiento,
oportunidad y demás circunstancias pertinentes y que la ley establecerá las bases para el uso de las
tecnologías.
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, documento rector de las políticas públicas,
establece la implementación de un Gobierno Digital, como parte de sus Ejes Transversales, con el objetivo de
que las actuales tecnologías de la información y comunicación permitan incorporar procedimientos sencillos,
automatizados y económicos para la gestión pública y la ciudadanía.
Que el uso de plataformas tecnológicas de apoyo en las funciones de gobierno, como Internet, constituye una
de las acciones más eficientes para acercar el gobierno a la gente y acelerar los procesos de simplificación
administrativa que la ciudadanía demanda, incidiendo en la calidad de los servicios prestados.
Que una de las metas de un Gobierno Digital es brindar mejores servicios públicos, al ponerlos a disposición de
la ciudadanía mediante medios electrónicos accesibles, atendiendo a la eficiencia al mejorar la capacidad de
respuesta en menor tiempo. No menos relevante es que también se consolida, al fortalecerse, la transparencia
y la rendición de cuentas, fundamentales para la gestión gubernamental.
Que las recientes reformas legislativas en materia de adquisiciones y enajenaciones de bienes y contratación
de servicios, obra pública y servicios relacionados con la misma, amerita que la Secretaría de la Contraloría
implemente un programa para el mejoramiento en el uso y acceso de la información mediante el fortalecimiento
del uso de sistemas tecnológicos.
Que el 24 de marzo del 2004, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, e l “Acuerdo que norma el
Registro de Empresas y Personas Físicas Objetadas”, que actualmente es de consulta exclusiva para las
autoridades del gobierno estatal, por lo que resulta oportuno la publicidad de esta información, por lo cual he
tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE EL SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
MÉXICO EXPIDE LOS LINEAMIENTOS PARA EL REGISTRO DE EMPRESAS Y/O PERSONAS FÍSICAS
OBJETADAS Y SANCIONADAS Y EL REGISTRO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
SANCIONADOR

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