Acuerdo relativo al Programa de Obra Pública Anual para el Ejercicio Fiscal 2017 respecto a los programas DESARROLLO MUNICIPAL y FISM DF, del Municipio de El Marqués, Qro.

Pág. 11356 PERIÓDICO OFICIAL 23 de junio de 2017
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO GASPAR ARANA ANDRADE, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN
USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 27 de marzo de 2017, el H. Ayuntamiento de El Marqués
aprobó el acuerdo relativo al Programa de Obra Pública Anual para el Ejercicio Fiscal 2017, respecto a los
programas DESARROLLO MUNICIPAL y FISM DF, de la forma siguiente:
“…CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 25 Y 37, DE
LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL; 30 FRACCIONES I Y VII, 38 FRACCION III, DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 28 Y 29 FRACCION VIII, DE LA LEY DE PLANEACIÓN DEL
ESTADO DE QUERÉTARO; 15 DE LA LEY DE OBRA PÚBLICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30 DEL
REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE EL MARQUÉS; Y
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos los Municipios están dotados de autonomía, poseen personalidad jurídica, patrimonio propio y los
ayuntamientos se encuentran facultados para aprobar las disposiciones administrativas de carácter general que
regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia.
2. Que el Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEM) del municipio de El Marqués es un
órgano de planeación con atribuciones y funciones bien delimitadas, encargado de conducir las estrategias de
planeación y consecución de los objetivos para el desarrollo integral del Municipio de El Marqués.
3. Que conforme a lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley de Planeación del Estado de Querétaro el COPLADEM
es el órgano rector del proceso de planeación en el Municipio, de acuerdo a los lineamientos estatales sobre la
materia, en donde el Presidente Municipal será el responsable de coordinar este proceso. Asimismo, el artículo
29 del mismo ordenamiento legal señala que las funciones principales del COPLADEM son:
“I. Operar la acciones derivadas de la políticas y directrices de planeación en el municipio;
II. Coordinar las acciones de planeación del desarrollo a nivel municipal;
III. Promover la participación social en las tareas de planeación;

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