Acuerdo relativo a la autorización de la licencia de ejecución de obras de urbanización y nomenclatura oficial de vialidades, para el predio ubicado en la carretera estatal número 500 km 9+300, en el Municipio de El Marqués, Qro.

22 de abril de 2016 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4875
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO GASPAR ARANA ANDRADE, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN
USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 06 de abril de 2016, el H. Ayuntamiento de El Marqués autorizo
el Acuerdo relativo a la autorizaciòn de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización y Nomenclatura
Oficial de Vialidades para el predio ubicado en la carretera Estatal No. 500 Km 9+300 en el Municipio de El
Marqués Queretaro, de la forma siguiente:
“…CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIÓN V, INCISOS A) Y D),
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7, Y 35, DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30, FRACCIÓN II, INCISOS A) Y D), 38,
FRACCIÓN VIII, DEL 121, AL 128, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1º,
FRACCIÓN III, 156, 157 158, 159 Y 186, DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 48,
Y 55, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE ÉSTE AYUNTAMIENTO, Y EN BASE A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES:
1.- Que se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento Dictamen Técnico con número de folio 004/2016, suscrito
por el C. Manuel Alfredo Bustos Chávez, Director de Desarrollo Urbano Municipal, respecto de la petición
presentada por el Arq. Raúl Ruiz Barrón, Representante Legal de "Grupo GL Construcciones y Promociones,
S.A. de C.V.", consistente en la autorizaciòn de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización y
Nomenclatura Oficial de Vialidades para el predio propiedad de su representada, ubicado en la carretera Estatal
No. 500 Km 9+300 en el Municipio de El Marqués Queretaro, mismo que se transcribe a continuación en su
parte esencial:
“…DIAGNOSTICO:
1. Mediante oficio No. SAY/364/2016-2017 de fecha 18 de Marzo del 2016, el Secretario del
Ayuntamiento, el Lic. Gaspar Arana Andrade, remitió a esta Dirección la solicitud presentada por el Arq.
Raúl Ruiz Barrón, representante legal de la persona moral denominada Grupo GL Construcciones y
Promociones, S.A. de C.V., referente a la autorización de la Licencia de Ejecución de Obras de
Urbanización y Nomenclatura Oficial de Vialidades para el Fraccionamiento que se pretende denominar
“Polígono Empresarial La Griega” Parque Industrial, ubicado en la carretera Estatal No. 500 Km 9+300
en el Municipio de El Marqués, Qro.
2. Mediante escrito de fecha 11 de Marzo del 2016, el Arq. Raúl Ruiz Barrón, representante legal de la
persona moral denominada Grupo GL Construcciones y Promociones, S.A. de C.V., solicitó la
Autorización de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización y Nomenclatura Oficial de
Vialidades para el predio ubicado en la carretera Estatal No. 500 Km 9+300 en el Municipio de El
Marqués, Qro, con una superficie de 149,613.17 m2, para lo cual anexa la siguiente documentación:
Copia simple de la Escritura Pública No. 44,863 de fecha 21 de Agosto del 2000, pasada
ante la fe del Lic. Jorge Maldonado Guerrero, Notario Público Adscrito a la Notaria número 4 de
éste partido Judicial, por medio de la cual se formalizó la Constitución de una Sociedad
Anónima d e Capital Variable, denominada “Grupo GL Construcciones y Promociones S.A. de
C.V.”, misma que se enc uentra debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y
del Comercio, bajo el folio mercantil No. 00006705/0001 de fecha 25 de Septiembre del 2000.
Copia simple de la Escritura Pública No. 18,492 de fecha 09 de julio del 2010, pasada ante la
fe del Lic. Juan Carlos Muñoz Ortiz, Notario Público Titular de la Notaria No. 32 de esta distrito
judicial, por medio de la cual se otorga poder general para pleitos y cobranzas, general para
actos de administración, actos de dominio a favor del señor Raúl Ruiz Barrón, misma que se
encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, bajo el
folio mercantil electrónico No. 6705-1 de fecha 05 de septiembre del 2012.
Pág. 4876 PERIÓDICO OFICIAL 22 de abril de 2016
Copia simple de la Escritura Pública No. 23,115 de fecha 10 de junio del 2014, pasada ante
la fe del Lic. Iván Lomelí Avendaño, Titular de la Notaria número 30 de esta demarcación
notarial, por medio de la cual se protocoliza la subdivisión SUB-067/14, con folio No.
DDU/CT/1028/2014 de fecha 05 de mayo del 2014, del predio Fracción 1 del polígono
resultante de la Fusión de las Parcelas 1, 2, 3, 4, 5 y 10 del Ejido de Guadalupe La Venta, de la
cual se origina la Fracción 4 donde se pretende ubicar el Fraccionamiento en estudio, la cual se
encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo los
folios inmobiliarios 00490594/0001, 00490595/0001, 00490596/0001 y 00490598/0001 de fecha
17 de julio del 2014.
Copia simple de la identificación oficial del C. Raúl Ruiz Barrón, vigente.
3. Que de acuerdo a los datos e información proporcionados, así como al análisis técnico correspondi ente,
se verificó que:
a. Mediante sesión ordinaria de cabildo de fecha 18 de agosto del 2010, el H. Ayuntamiento del
Municipio de El Marqués autorizo el Cambio de uso a Proyectos detonadores Manufacturas y
Logística (PD ML), para las Parcelas número 2, 3, 4, 5 y 10 Z-1 P2/2 del Ejido Guadalupe La
Venta, de este Municipio de El Marqués, Qro., acuerdo que cuenta con sus debidas
publicaciones en la Gaceta Municipal de fecha 29 de septiembre del 2012 y 27 de agosto del
2012 según lo establecido en la escritura pública No. 30,743; así como en el Periódico Oficial
“La Sombra de Arteaga ” de fecha 12 y 19 de abril del 2013; en una ocasión en el Periódico
“Noticias” de fecha 11 de abril del 2013 y en una ocasión en el Periódico “Diario de Querétaro”
de fecha 08 de abril del 2013; quedando pendiente la presentación de una publicación en cada
uno de los diarios de mayor circulación.
b. Respecto a las condicionantes establecidas dentro del acuerdo descrito en el punto anterior, el
interesado presenta:
De conformidad a lo establecido en el Acuerdo Segundo, punto 2.1, por medio de Escritura
Pública No. 21,799 de fecha 22 de diciembre del 2011, se hace constar la adquisición con
reserva de dominio de la Fracción Uno resultante de la Fusión de Predios identificados como
Parcela 1, 2, 3, 4, 5 y 10 todas Z-1 P2/2 del Ejido Guadalupe La Venta, de este Municipio de
El Marqués, Qro., misma que según la escritura mencionada quedo inscrita en el Registro
Público de la Propiedad y del Comercio bajo el folio real No. 411999/2 de fecha 18 de
octubre del 2012; así mismo en esa misma escritura se establece que por medio de escritura
pública No. 15,410 de fecha 30 de agosto del 2011 se hizo constar la protocolización de la
Fusión de las Parcelas 1, 2, 3, 4, 5 y 10 todas seguidas de Z-1 P2/2 del Ejido Guadalupe La
Venta, Municipio de El Marqués, Qro., quedando como una sola unidad topografica
identificada como la Fracción 1, con una superficie de 188,517.658m2, inscrita en el Registro
Publico de la Propiedad y del Comercio bajo el folio real numero 215124/2 de fecha 03 de
marzo del 2009.
En cumplimiento a lo establecido en el punto 2.2 del acuerdo segundo del citado acuerdo,
presenta copia simple de la Escritura Pública No. 21,913 de fecha 24 de marzo del 2014, por
medio de la cual se hace constar la protocolización del deslinde catastral No. DT2013199 de
fecha 27 de febrero del 2014, la cual según Escritura Pública No. 30,743 quedo inscrita en el
Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el folio real inmobiliario No. 411999/4
de fecha 07 de mayo del 2014.
Presenta oficio No. F.22.01.02/1435/15 de fecha 07 de agosto del 2015, emitido por el
Delegado Federal de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el cual
establece que esa delegación no cuenta con facultades para expedir dictámenes de esa
naturaleza a los particulares, quedando pendiente la presentación del opinion del perito en
materia forestal autorizado por la SEMARNAT por medio del cual se hace constar la no
competencia forestal del predio materia en estudio, esto de conformidad a lo establecido en
el punto 2.4 del acuerdo segundo del acuerdo descrito.

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