Acuerdo relativo a la autorización de cambio de uso de suelo de habitacional,con densidad de población de 300 hab/ha (H3), a uso de industria ligera (IL), para el predio ubicado en Calle 18 de Julio No. 333, correspondiente al Lote 18, Manzana 15, Zona 1, Colonia Independencia en San José el Alto, Municipio de Querétaro, Qro.

21 de agosto de 2015 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 16877
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNÁNDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV
DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCION IX DEL
REGLAMENTO INTERIOR DE AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 29 de mayo de dos mil doce, el H. Ayuntamiento de Querétaro
resolvió lo relativo a la Autorización de Cambio de Uso de Suelo de Habitacional con densidad de población de
300 hab/ha (H3) a uso de industria ligera (IL), para el predio ubicado en Calle 18 de julio no. 333,
correspondiente al Lote 18, Manzana 15 Zona 1, Colonia Independencia en San José el Alto, con clave catastral
140110103015018, Delegación Municipal Epigmenio González, el cual señala textualmente:
“…CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 6°, 115 FRACCIÓN V INCISOS D) Y F) DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 2, 4 PÁRRAFO PRIMERO Y 24 DE LA LEY ESTATAL DE
ACCESO A LA INFORMACIÓN GUBERNAMENTAL EN EL ESTADO DE QUERETARO; 30 FRACCIÓN II
INCISO D), 38 FRACCIÓN VIII Y DEL 121 AL 128 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 1º FRACCIÓN II, 28 FRACCIÓN II, 36 Y 253 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE
QUERÉTARO; 25, 28 Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y Constitución Política del
Estado de Querétaro, los Municipios poseen personalidad jurídica y patrimonio propios y se encuentran
facultados para aprobar las disposiciones que organicen la administración pública municipal que regulen las
materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia. Por ello corresponde al H.
Ayuntamiento resolver lo referente a la solicitud de cambio de uso de suelo de habitacional con densidad de
población de 300 hab/ha (H3) a uso de Industria Ligera (IL), para el predio ubicado en Calle 18 de Julio No. 333,
correspondiente al Lote 18, Manzana 15 Zona 1, Colonia Independencia en San José el Alto y clave catastral 14
01 101 03 015 018, Delegación Municipal Epigmenio González.
2. Que el Plan de Desarrollo Municipal y los Planes Parciales de Desarrollo Urbano Delegacional expedidos por
el H. Ayuntamiento, son el conjunto de estudios y políticas, normas técnicas y disposiciones relativas para
regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población en el territorio del
Municipio y de sus siete Delegaciones, los cuales son susceptibles de modificación cuando existen variaciones
sustanciales de las condiciones o circunstancias que les dieron origen, surjan técnicas diferentes que permitan
una realización más satisfactoria o sobrevengan causas de interés social que les afecte, entre otras.
3. Que la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro establece en sus artículos 121 a 128, los alcances
de los Planes de Desarrollo Urbano Municipal y su posibilidad de modificación.
4. Que las modificaciones a los Planes Parciales de Desarrollo Urbano Delegacionales, pueden ser solicitadas
por todo aquel particular que acredite su legítimo interés jurídico, basados en las disposiciones de la Ley
General de Asentamientos Humanos, Código Urbano para el Estado de Querétaro, Ley Orgánica Municipal del
Estado de Querétaro y Código Municipal de Querétaro.
5. Que los usos de suelo se refieren a la actividad específica a la que se encuentra dedicado o se pretende
dedicar un predio debido a su conformación física, crecimiento de los centros poblacionales, cambios
económicos, sociales y demográficos entre otros, teniendo la posibilidad de modificación debido a estas u otras
circunstancias.

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