Acuerdo relativo a la autorización y aceptación de la donación en favor del municipio, de una fracción de terreno ubicada en la comunidad de Galindillo, Amealco de Bonfil, correspondiente al predio con clave catastral 010202476436574, en subdivisión autorizada en fecha 26 de octubre de 2020, identificada como fracción 4, y superficie de 3,431.907 m2.

Pág. 49016 PERIÓDICO OFICIAL 29 de octubre de 2021
GOBIERNO MUNICIPAL
EL SUSCRITO LICENCIADO JUAN CARLOS ÁLVAREZ MONTAÑO, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN
USO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIERE EL ARTÍCULO 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL
DEL ESTADO DE QUERÉTARO
C E R T I F I C O
Que, en Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha treinta de julio de dos mil veintiuno, el Ayuntamiento de Amealco de
Bonfil, Qro., dentro del Octavo punto del orden del día, aprobó por unanimidad con diez votos a favor, el acuerdo
referente a la Atención a la solicitud del C. Sergio Arturo Alfaro García y José Luis Mendoza Gómez, referente a
la donación en favor del municipio, de una fracción de terreno ubicada en la comunidad de Galindillo Amealco
de Bonfil, correspondiente al predio con clave catastral 010202476436574, en subdivisión autorizada en fecha
26 de octubre de 2020, identificada como fracción 4, y superficie de 3,431.907 m2.; el cual señala textualmente.
OCTAVO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA. ----------------------------------------------------------------------------------------------------
ATENCIÓN A LA SOLICITUD DEL C. SERGIO ARTURO ALFARO GARCÍA Y JOSÉ LUIS MENDOZA GÓMEZ,
REFERENTE A LA DONACIÓN EN FAVOR DEL MUNICIPIO, DE UNA FRACCIÓN DE TERRENO EN GALINDILLO
AMEALCO DE BONFIL, CORRESPONDIENTE AL PREDIO CON CLAVE CATASTRAL 010202476436574, EN
SUBDIVISIÓN AUTORIZADA EN FECHA 26 DE OCTUBRE DE 2020, IDENTIFICADA COMO FRACCIÓN 4, Y
SUPERFICIE DE 3,431.907 M2.; ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
En uso de la voz el Ingeniero Rosendo Anaya Aguilar, Presidente Municipal, hace mención. -----------------------------
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30, 31,
38 Y 47 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 10 DEL CÓDIGO URBANO DEL
ESTADO DE QUERÉTARO; 2 Y 51, DEL REGLAMENTO INTERNO DEL AYUNTAMIENTO DE AMEALCO DE
BONFIL, Y
C O N S I D E R A N D O
1. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
y 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; los ayuntamientos están facultados para aceptar
cualquier inmueble que incremente el patrimonio del municipio, cuya finalidad sea de utilidad pública;
2. En concordancia, el artículo 2 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, establece que cada
Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa y es autónomo para organizar la
administración pública municipal, contará con autoridades propias, funciones específicas y libre administración
de su hacienda. Ejercerá sus atribuciones del ámbito de su competencia de manera exclusiva, y no existirá
autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado;
3. Los CC. Sergio Arturo Alfaro García y José Luis Mendoza Gómez, en su carácter de Propietarios, ingresaron
en fecha 26 de enero de 202, oficio solicitando a este Honorable Ayuntamiento, la aceptación de donación a título
gratuito en favor del Municipio de Amealco de Bonfil, de una fracción de terreno para vialidad de uso común,
acompañando a su escrito la siguiente documentación:
a) Copia de la escritura número 20,020 veinte mil veinte, de fecha 16 dieciséis de febrero de 2018 dos mil
dieciocho en la cual los CC. Sergio Arturo Alfaro García y José Luis Mendoza Gómez, adquieren
dicho bien inmueble, mismo que se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de la
Propiedad y del Comercio.
b) Copia de certificado de inscripción del citado inmueble, emitido por la Dirección del Registro Público de
la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro
c) Credencial de Elector de los CC. Sergio Arturo Alfaro García y José Luis Mendoza
Gómez,0404019553608 y 0304038984147 mediante la cual el interesado acredita su personalidad.
d) Propuesta de subdivisión debidamente autorizada por la Dirección de Obras Públicas y Desarrollo
Urbano, mediante el cual se detalla de manera precisa la fracción de terreno que otorga al municipio.
e) Copia del recibo de pago del impuesto predial vigente.
4. Una vez realizado el análisis de la solicitud suscrita por los CC. Sergio Arturo Alfaro García y José Luis
Mendoza Gómez y de los anexos que acompañan a la misma, se acredita el interés jurídico, personalidad y legal
propiedad del inmueble por parte del interesado, para promover la donación a título gratuito a favor del Municipio
de una fracción de su predio, ubicada en la comunidad de Galindillo de éste municipio;

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